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En virtud de las facultades que me están atribuidas por el artículo 2.1. del Decreto 106/1988, de 16 de marzo,
D I S P O N G O :
Durante el mes de agosto del presente año, asumirán las competencias, tanto propias como delegadas, del Secretario General Técnico de la Consejería, el Secretario General de Economía y Fomento en el período del
1 al 15 de agosto, y el Secretario General de Relaciones Laborales y Empleo en el período del 16 al 31 de agosto, ambos inclusive.
Sevilla, 14 de julio de 1989
JOSE MARIA ROMERO CALERO
Consejero de Fomento y Trabajo
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