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En virtud de la Orden de 13 de octubre de 1988 (BOJA núm. 92 de 15 de noviembre de 1988), sobre concesión de subvenciones a Conservatorios de Música no estatales y Centros Reconocidos y Autorizados dependientes de Corporaciones Locales, y en relación con el apartado sexto, esta Dirección General ha resuelto:
Primero. De acuerdo con el apartado cuarto de la Orden, se concede a los Centros Reconocidos y Autorizados que a continuación se relacionan las subvenciones siguientes:
Segundo. Los perceptores de esta subvención quedan obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de tres meses a partir de la fecha de la percepción de las mismas.
Tercero. Las referidas subvenciones serán libradas a justificar con cargo al presupuesto de gastos de 1989 de la Consejería de Educación y Ciencia.
Cuarto. Esta Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de julio de 1989.- El Director General, Francisco Soriano Serrano.
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