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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 16 de marzo de 1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 541/87 promovido por Lafer, Vigilancia y Seguridad S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos el Recurso Contencioso-Administrativo, interpuesto por el Procurador Sr. Fernández de Villavicencio en nombre y representación de Lafer Vigilancia y Seguridad, S.A., contra los acuerdos de la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la propia Consejería de 4 de septiembre y 15 de diciembre de 1986 respectivamente, los que debemosa anular y anulamos por no ser conformes con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 8 de septiembre de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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