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Mediante Decreto 262/1985, de 18 de diciembre, se constituyó la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (E.P.S.A), como Entidad Pública de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, de acuerdo con el artículo 4 de dicho Decreto, con la finalidad de llevar a cabo las tareas técnicas y económicas requeridas para el desarrollo de la gestión urbanística y patrimonial en ejecución de los planes de urbanismo y programas por parte de la Junta de Andalucía, mediante las actuaciones de promoción, preparación y desarrollo de suelo para fines residenciales, industriales, de equipamientos y de servicios. Conforme al artículo 110 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno podrá adscribir bienes patrimoniales de la Comunidad Autónoma a Entidades Públicas que dependan de ella, no adquiriendo éstas la propiedad de los mismos, si bien el procedimiento y régimen jurídico de los actos de administración y enajenación de bienes gestionados por las Entidades Públicas cuya finalidad sea devolverlos al tráfico jurídico -como es el caso de E.P.S.A.- será el establecido por su propias reglas de funcionamiento, según dispone la Disposición Adicional Quinta del Reglamento para la aplicación de la Ley citada, aprobado por Decreto
276/1987, de 11 de noviembre.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, con informe de la Consejería de Hacienda y Planificación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de agosto de
1989,
A C U E R D O
Primero. Adscribir a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (E.P.S.A.) la siguiente finca: Solar sito en el Partido Primero de la Vega de Málaga, con una extensión superficial de ochocientos setenta y nueve metros y cuarenta y séis decímetro cuadrados, que linda al norte, en línea recta de cincuenta y un metros, con la calle Ingeniero Díaz Petersen en terrenos del que se segrega; y al sur y oeste, en línea mixta de sesenta metros y tres centímetros, con Arroyo de Teatinos; al este con terrenos del que se segrega, propiedad que era de la obra Sindical del Hogar, en que están instalados los depósitos de agua que abastecen a la Barriada "José Solís Ruiz" (Barrio de Dos Hermanas) de dicha ciudad; inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Málaga, al folio 10 del tomo 1586, finca nº 65.294, inscripción 3a.
Segundo. El procedimiento y régimen jurídico de los actos de administración y enajenación de la finca adscrita será el establecido en la Disposición Adicional Quinta del Reglamento de aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre.
Tercero. Facultar a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para que dicte cuantas disposiciones resulten necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
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