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Visto el expediente tramitado por la Delegación de esta Consejería en Córdoba, de acuerdo con la petición formulada por la Asociación de la Defensa de la Mujer de Córdoba, para que le sea concedida una subvención destinada a contribuir al correcto funcionamiento de los servicios asistenciales.
En virtud de las facultades que legalmente me vienen atribuidas por la Ley
5/1983 de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,modificada por la Ley 9/87, de 9 de diciembre y la Ley 10/87 de 29 de diciembre de Presupuestos de esta Comunidad Autónoma para el ejercicio de 1988.
DISPONGO:
Primero. Subvencionar a la Asociación de la Defensa de la Mujer de Córdoba con la cantidad de un millón de pesetas (1.000.000 Ptas.), para el funcionamiento de los servicios asistenciales, declarándose la misma especifica por razón del objeto, obviándose por tanto la concurrencia.
Segundo. Dicha subvención se justificará a posteriori de acuerdo con los Artículos 39 y 40 del Decreto 149/1988 de 5 de abril, y en el plazo de dos meses la fecha de desembolso por parte de la entidad beneficiaria. Notifiquese y publiquese la presente Orden.
Sevilla, 30 de diciembre de 1988
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernacion
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