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En el recurso contencioso-administrativo nº 37/86 seguido a instancia de Dª Aurora Rodríguez Sandez, contra acuerdo de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia de 24.10.85 por el que se desestima alzada interpuesta contra resolución de 5.7.84 de la Delegación Provincial de Sevilla, sobre puntuación asignada en Concursillo, se ha dictado sentencia con fecha 20 de abril de 1988, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en su propio nombre y representación por Dª Aurora Rodríguez Sandez, contra los acuerdos de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Personal de la misma Consejería de 5.7.84 y 24.10.85, respectivamente, este desestimando la alzada deducida frente al primero, que denegaron a la demandante el reconocimiento, a efecto de puntuación en concursos, como de servicio activo, el tiempo en que permaneció en excedencia voluntaria, por razón de matrimonio".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 10 de noviembre de 1989.
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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