Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 9/1/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 8 de noviembre de 1989, por la que se subvenciona con vehículos a las entidades locales territoriales que se indican para la dotación de sus respectivas policías locales.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Dentro de la política de colaboración que se está llevando a cabo por esta Consejería de Gobernación con las Entidades Locales Territoriales de esta Comunidad Autónoma, de acuerdo con las directrices marcadas por el Gobierno Andaluz, se hallan entre otras, las de dotar a aquellos Municipios de escasos recursos o con presupuestos deficitarios, de ciertos medios para la prestación de sus servicios de una forma más adecuada y que no pueden afrontar como debieran en la mayoría de los casos, debido a su situación económica.

Indudablemente, entre estos servicios municipales se encuentra los de vigilancia y seguridad, los cuales han de realizarse con la eficacia, prontitud y seguridad requeridas, y máxime, cuando éstos han de prestarse en muchas ocasiones, en barriadas, urbanizaciones, anejos y pedanías, que precisan de una atención especial, en bien de la seguridad de las personas y de las cosas.

La Dirección General de Política Interior, en base a este régimen de colaboración y teniendo en cuenta las circunstancias enumeradas anteriormente, ha elaborado la oportuna propuesta a esta Consejería, para subvencionar con vehículos a los Municipios que se expresarán y con destino a los Cuerpos de sus respectivas Policías Locales. Por todo ello, y teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere el Decreto 117/1989, de 31 de mayo, que regula la concesión de esta clase de subvenciones, como asimismo las facultades que se me otorgan por la Ley

5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, modificada por la Ley 9/1987, de 9 de diciembre y la Ley 10/1988, de 29 de diciembre de Presupuestos de esta Comunidad Autónoma para el presente ejercicio de 1989.

D I S P O N G O:

Artículo 1º. Subvencionar con el número de vehículos que se indica a los Municipios que se expresan seguidamente, con destino a sus respectivos Cuerpos de Policías Locales, valorado cada uno de ellos en 1.018.000 ptas. y con las siguientes características: Vehículo: Marca Peugeot; Modelo

205-5 puertas. Características Técnicas: Cilindrada 1124-Cm3; Potencia 55 c.v.; Número de Velocidades, 4 y MA., y dotado de accesorios policiales.

Artículo. 3º. Por la Corporación Local beneficiaria, se remitirá a esta Consejería de Gobernación, en el plazo de dos meses, a contar de la recepción del vehículo, la oportuna certificación que así lo acredite y la de su inscripción en el Inventario General de Bines de los de dicha Entidad.

Artículo 4º. De esta Orden se le dará conocimiento a cada Corporación subvencionada y se publicará en el BOJA a los efectos consiguientes.

Sevilla, 8 de noviembre de 1989

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF