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De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, y en el Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan bienes, servicios públicos, autorizando a la Consejería de Cultura a la percepción de Precios Públicos por la venta de impresos normalizados, carnets de tiendas de campaña, de albergues, residencias, campamentos juveniles y campos de trabajo, relativos todos ellos a los temas de juventud, previo informe de la Consejería de Hacienda y Planificación, en uso de las facultades que han sido conferidas.
D I S P O N G O :
Artículo único. Que los precios públicos que regirán para 1990 serán los que se detallan en el anexo I.
Sevilla, 27 de febrero de 1990
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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