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Por Resolución de esta Secretaría General para la Administración Pública, de fecha 22 de diciembre de 1989 (BOJA del 29), se efectuó convocatoria pública para la concesión de Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio de 1989, en la modalidad de "Subvenciones de intereses de préstamos", para el personal funcionario y no laboral al servicio de la Junta de Andalucía.
En relación con lo establecido en el punto 7 de la mencionada Resolución , la Comisión de Baremación ha distribuido las solicitudes en dos grupos : las que se acogen a valoración preferente y las que indican otra finalidad, no procediendo el reparto proporcional del presupuesto total asignado a esta modalidad de ayuda entre las diferentes finalidades, al no haberse cubierto aquél en la presente convocatoria. Asimismo, la Comisión de Seguimiento ha acordado, en su reunión del día
3 de mayo de 1990, proponer a esta Secretaría General que los Listados de Beneficiarios de las Ayudas de Acción Social, modalidad "Subvención de intereses de préstamos", ejercicio de 1989, se publiquen como definitivos , habida cuenta del beneficio económico que ello conlleva, la garantía de la concesión de las mismas a todo el personal funcionario y no laboral que las solicitó en tiempo y forma, así como posibilitar el cumplimiento de la prórroga del periodo de vigencia estipulado en el punto segundo del Convenio suscrito entre la Junta de Andalucía la Federación de Cajas de Ahorros de Andalucía, de fecha 19 de diciembre de 1989, publicado como Apéndice de la Resolución citada de 22 de diciembre de 1989 (BOJA del
29).
Por otra parte, la citada Comisión ha acordado igualmente proponer a esta Secretaría General la publicación de los Listados de Excluidos, como provisionales, a fin de cumplir lo establecido en el punto 9 de la Resolución de convocatoria antes mencionada. De conformidad con el referido punto 9 de la Resolución de 22 de diciembre de los Acuerdos suscritos entre la Administración y la Junta de Andalucía y la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios sobre incremento de retribuciones para 1989, esta Secretaría General para la Administración Pública,
HA RESUELTO:
Primero.1. Publicar el Listado definitivo del personal funcionario y no laboral beneficiario de subvenciones de intereses de préstamos, con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio de 1989, ordenando por Cajas de Ahorros y alfabéticamente, y con indicación de la cantidad solicitada como préstamo, subvención otorgada, plazo de amortización y Caja de Ahorros Andaluza por la que se pretende la concesión del préstamo.
2. El personal que, de acuerdo con el listado antedicho, resulte beneficiario de las ayudas de subvención de intereses de préstamos deberá solicitar antes del 30 de junio del presente año, el correspondiente préstamo ante la Caja de Ahorros Andaluza que figura en dicho listado y por la cantidad y plazo de amortización que asimismo se indica. Las Cajas de Ahorros signatarias del Convenio procederán, en el marco del mismo, a la concesión de los préstamos a que hubiere lugar, remitiendo con posterioridad a la Consejería de Gobernación la relación completa de prestatarios resultantes.
3. En caso de cancelación anticipada de los préstamos, los beneficiarios de subvenciones de intereses de préstamos vendrán obligados a reintegrar la parte proporcional de la subvención concedida con cargo al Fondo de Acción Social de la Consejería de Gobernación.
4. El reintegro de la parte de la subvención mencionada se efectuará, junto con el principal e intereses resultantes, ante la Caja de Ahorros que concedió el préstamo que, a su vez, lo ingresará en la cuenta de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, e informará del mismo (con alusión al funcionario o personal estatutario a que se refiera) a la Consejería de Gobernación.
Segundo. 1. Publicar el listado provisional de excluidos en la referida ayuda, con indicación de las causas de exclusión.
2. El personal a que se refiere el párrafo anterior podrá formular las reclamaciones que estimen oportunas, en escrito dirigido al Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dichas reclamaciones podrán presentarse en la Consejería de Gobernación, en las Delegaciones de la misma, en las distintas provincias , o en los lugares a que se refiere el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo (Gobiernos Civiles u Oficinas de Correos).
Tercero. Los listados a que hacen referencia los puntos anteriores se encuentran expuestos en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales de las distintas Consejerías y organismos Autónomos de la Junta de Andalucía, así como en las Delegaciones de Gobernación de las mismas.
Cuarto. De la presente Resolución se dará cuenta a la Federación de Cajas de Ahorros de Andalucía para su conocimiento y traslado a las Entidades de ella dependientes.
Sevilla, 8 de mayo de 1990.- El Secretario General. Rafael Benavente García.
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