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Visto el expediente en esta Delegación cuya descripción y reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del R.D. 109/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.
81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de
2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.A. Domicilio: Granada -San Isidro 4- 1.
LINEA ELECTRICA
Origen: Apoyos fin de línea Circunvalación Láchar, Chauchina-Láchar, Peñuelas-Láchar y Romilla-Cortijo La Ola-Láchar. Final: Centro de seccionamiento.
Términos municipales afectados: Láchar.
Tipo: Subterráneas.
Longitud en km.: 2 x 0,045.
Tensión de servicio: 20 KV.
Conductores: Al de 1 x 150 mm2 aislamiento 12/20 KV. Centro de seccionamiento y unificación de líneas. Tipo: Interior.
Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 5.000.000 pesetas.
Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de distribución de energía eléctrica en la zona (Planer 87).
Referencia: 4372/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 2 de mayo de 1990.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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