Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781
86, de 18 de abril, artículos 112.1, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud y al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar autorización a la enajenación mediante subasta pública, de una parcela de terreno, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Villarrasa (Huelva), para dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de marzo de 1990, cuya descripción es la siguiente:
Parcela de terreno, de 15.631 m2, sita en el paraje denominado "Los Cuadrejones", Polígono 20. Parcela 195 y 196 del Catastro de Rústica, a segregar de la finca matriz con superficie total de 25.111 m2. inscrita en el Registro de la Propiedad de la Palma del Condado (Huelva), al Tomo
1.224, Libro 100, Folio 104, Finca 612, Inscripción 1. Los linderos son los siguientes:
Norte: Vía pública.
Este: Solar propiedad de Agrasur, S.A.
Sur: Carretera Nacional N-431.
Oeste: Vía pública.
La valoración asciende a 16.412.550 ptas.
Sevilla, 11 de mayo de 1990
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
Descargar PDF