Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 3/7/1990

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Otros. EMPRESA PUBLICA RTVA

RESOLUCION de la Dirección General de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía por la que se convocan pruebas de admisión para la contratación de trabajadores fijos en dicha empresa y sus sociedades filiales (PP. 993/90).

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* En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27, apartado 4 de la Ley 8/87 de 9 de Diciembre del Parlamento Andaluz por la que se crea la Empresa Pública de la Radio Televisión de Andalucía y con el fin de cubrir los puestos de trabajo fijados en el organigrama de la mencionada Empresa y sus Sociedades Filiales.

* Esta Dirección General, en uso de las competencias que le están atribuidas por los apartados a) y d) del artículo 10 apartado 4 del artículo 27 de la Ley 8/87 de 9 de Diciembre del Parlamento Andaluz (BOJA de 12 de Diciembre) y de acuerdo con el Consejo de Administración de la Empresa Pública de Radio y Televisión de Andalucía, acuerda convocar pruebavs de admisión para la contratación de trabajadores fijos en la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y sus Sociedades Filiales.

BASES DE CONVOCATORIA

1.- NORMAS GENERALES

1.1.- Se convocan pruebas de admisión para la contratación de 151 trabajadores fijos por el sistema general de acceso libre. A los efectos de cumplimentar lo dispuesto sobre integración social y laboral de los minusválidos se estará a lo preceptuado en la Ley 13/82 de 7 de Abril.

1.2.- El Régimen Jurídico aplicable al presente proceso de Concurso- Oposición será determinado por la Ley de Procedimiento Administrativo y leyes concordantes que en esta materia regulan los procesos administrativos.

1.3.- Los puestos de trabajo a cubrir son los señalados en el Anexo I de esta convocatoria.

1.4.- El proceso de selección se realizará mediante concurso-oposición libre con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo II de esta convocatoria.

Las pruebas comenzarán a desarrollarse a partir de la segunda quincena del mes de septiembre.

1.5.- La contratación laboral de los aspirantes que hayan superado el proceso de selección se llevará a cabo en el plazo máximo de doce meses, a contar desde la finalización del proceso de selección, siendo llamados los aspirantes para la formalización del correspondiente contrato de trabajo por la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y sus Sociedades Filiales dentro del plazo indicado.

1.6.- Las citadas contrataciones se realizarán bajo la forma jurídico- laboral de contratos por tiempo indefinido.

2.- REQUISITOS GENERALES

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas de admisión los aspirantes deberán reunir en el momento de la convocatoria los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser español

2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3. Estar en posesión de la titulación o requisitos que para cada puesto de trabajo se establece en el Anexo I de esta convocatoria.

2.1.4. No padecer ni estar afectado por limitación física o psiquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo al que se opte

3. SOLICITUD

3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas de admisión deberán hacerlo constar en instancia dirigida al Director General de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía según modelo adjunto a esta convocatoria.

3.2.- La presentación de solicitudes se hará mediante correo certificado al Apartado de Correos 149 de San Juan de Aznalfarache (Sevilla), indicando en el sobre: "Pruebvaas Selectivas de Ingreso en R.T.V.A", o haciendo entrega de la misma en el Registro Central del Centro de Producción que R.T.V.A. tiene en dicha localidad, en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el B.O.J.A.

Junto con la solicitud deberá presentarse titulos o certificaciones exigidas para cada puesto de trabajo en la presente convocatoria, así como curriculum vitae, una fotografía reciente del aspirante y justificante de ingreso de los derechos de inscripción. Los candidatos admitidos y aprobados que obtengan plaza en esta convocatoria deberán presentar la documentación exigida por las Bases para el acceso al puesto de trabajo debidamente compulsada a los efectos de contratación, perdiendo todos los derechos adquiridos quien no acredite dicho requisito.

3.3.- Por cada categoria laboral a la que se opte deberá presentarse una solicitud independiente. En la misma el aspirante manifestará que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las BASES en relación al puesto al que opta (En caso de optar a más de una localidad en una misma categoria laboral, deberá indicarse el orden de preferencia a dichas localidades).

3.4.- El derecho de inscripción por categoría laboral será de 1.500,- Pts, y se ingresará en cualquier oficina de la Caja Postal en la C/C número: 12.068.384 "Pruebas Selectivas de Ingreso en RTVA".

Dichos derechos de inscripción se referirán a una sola solicitud por categoria laboral a la que se opte de conformidad en el punto 3.3. de la convocatoria.

A la solicitud se acompañará justificante de la mencionada entidad bancaria, acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la Caja Postal supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

Dichos derechos de inscripción se destinarán en primer lugar al pago de cuantos gastos se ocasionan con motivo de esta convocatoria, adscribiéndose el resto de la cantidad resultante a la realización de cursos de formación y perfeccionamiento del personal de la Empresa Pública y sus Sociedades Filiales.

3.5.- Los errores de hecho que pudieran advertirse en las solicitudes podrán subsanarse durante el periodo que tiene como fecha límite el inicio de las pruebas, de oficio o a petición del interesado.

4.- ADMISION DE SOLICITUDES

4.1.- Expirado el plazo de presentación de instancias y Director General de la Empresa Pública de Radio y Televisión de Andalucía dictará resolución, que se hará pública en el plazo máximo de 20 días naturales declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluídos. Finalizado el plaoz de reclamación, y publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidos se fijaran las fechas y lugar de comienzo de las pruebas.

En la lista deberá constar en todo caso los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad, así como la causa de exclusión, en su caso.

4.2.- Los aspirantes excluidos podrán recurrir ante el Director General de la Empresa Pública de Radio y Televisión de Andalucía en el plazo de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional.

El Director General resolverá en el plazo de cinco días naturales, Su resolución se hará pública en la sede de la Empresa Pública de Radio Televisión de Andalucía, sita en el Centro de RTVA de San Juan de Aznalfarache (Sevilla), así como en las Direcciones y Delegaciones Provinciales de Canal Sur Radio y Canal Sur T.V. respectivamente.

4.3.- Los derechos de examen serán reintegrados por Radio Televisión de Andalucía a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas de admisión.

5.- TRIBUNALES

5.1.- Los Tribunales Calificadores de estas pruebas serán los que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

Corresponden al Tribunal las siguientes funciones:

- Aplicar la normativa que rige la provisión de plazas.

- Elaborar las pruebas y baremos que se aplicarán.

- Administrar las pruebas que se establezcan.

- Valorar la actuaciones y ejercicios, asi como los factores concurrentes de carácter profesional o personal.

- Proponer la adjudicación de las plazas convocadas.

- Levantar acta de sus sesiones.

5.2.- Previa decisión del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría cualificada de dos tercios de sus miembros, a los 10 días de la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos.

En dicha sesión el Tribunal acordará, por mayoría relativa de sus miembros, todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas de admisión.

5.3.- A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la mayoría absoluta de sus miembros.

5.4.- Dentro de la fase de exámenes, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El sistema de puntos para oposiciones (concurso de méritos para el personal laboral de R.T.V.A.) se aplicará siempre que se haya aprobado el examen, y el tiempo máximo de acumulación de puntos será de dos años, considerando la fecha del 31 de Agosto de 1990 como último referente de antiguedad:

- Contratados.

a) 0,05 puntos por meses de servicio en la Empresa, aunque no se hayan realizado en un mismo período de tiempo.

b) 0,05 puntos por mes, siempre que se presenten al puesto de trabajo que ocupan actualmente.

- Fijos.

a) 0,05 puntos por mes de antiguedad.

b) 0,05 puntos por mes, siempre que se presenten a su nivel salarial o al inmediato superior.

En los epigrafes tanto de contratados como de fijos, los apartados a) y b) pueden ser acumulativos.

5.5.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.6.- El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de lo ejercicios que el resto de los demás participantes. A tales efectos se estará a lo dispuesto en la Ley 13/82, de 7 de abril sobre integración social de minusválidos.

5.7.- El Tribunal tendrá su sede en el Centro de RTVA. Carretera San Juan de Aznalfarache - Tomares, km. 1 SAN JUAN DE AZNALFARACHE (Sevilla). El Tribunal dispondrá en esta sede de la Secretaría Permanente del mismo para atender cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas de admisión.

5.8.- En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo total un número superior de aspirantes al de puestos de trabajo convocados. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.9.- Las decisiones que adopte el Tribunal, referidas a calificaciones y puntuaciones de las pruebas y ejercicios, serán inapelables.

6.- DESARROLLO DE LAS PRUEBAS

6.1.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, perdiendo todos los derechos quienes no comparezcan. Las fechas y lugar de los exámenes de la primera fase se anunciarán de forma pública en la prensa y en los Centros de R.T.V.A. Los ejercicios de las fases siguientes se anunciarán en los Centros de R.T.V.A.

6.2.- En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Director General de la Radio y Televisión de Andalucía, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a los efectos procedentes.

6.3.- Con carácter general los Ejercicios 1º y 2º de ejecución escrita se harán de forma innominada, estableciéndose un sistema que no permita su identificación hasta tanto no hayan sido corregidos.

6.4.- El Tribunal podrá convocar a los aspirantes a una entrevista personal cuando las circunstancias de apreciable igualdad en las puntuaciones de los Ejercicios 1º y 2º aconsejen valorar el Currioculum y la personalidad del aspirante, en relación a la tipología de la plaza a cubrir.

7.- LISTAS DE APROBADOS

7.1.- Finalizadas cada una de las fases del proceso de selección, el Tribunal hara pública en los Centros de R.T.V.A. la relación de aspirantes aprobados y calificaciones obtenidas, con indicación de su Documento Nacional de Identidad.

7..2- La puntuación mínima necesaria para aprobar cada fase del proceso selectivo será de cinco puntos, evaluándose entre cero y diez puntos y siendo eliminatorias cada una de dichas fases.

8.- PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y CONTRATACION DE TRABAJADORES

8.1.- Finalizado el proceso selectivo se procederá por la Empresa Pública de Radio y Televisión de Andalucía a notificar a aquellos sus fechas de incorporación al puesto de trabajo en el plazo previsto en la base 1.5, previa presentación en el Departamento de Recursos Humanos de la documentación necesaria de acuerdo con la legislación laboral y de Seguridad Social vigentes (inscripción en la oficina de empleo correspondiente, número de afilicación a la Seguridad Social si lo tuviese, informe favorable del servicio médico de la Empresa Pública RTVA, y documentación académica y profesional debidamente compulsada.)

9.- INCOMPATIBILIDADES

9.1.- A los trabajadores contratados por la Empresa Pública y sus Sociedades Filiales, les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 53/84 de 26 de Diciembre (BOE de 4 de Enero de 1985) y demás normas legales que regulen las incompatibilidades del personal al servicio de Entidades de Derecho Público.

San Juan de Aznalfarache, 28 de junio de 1990.- El Director General, Manuel Melero Muñoz.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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