Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 30 de marzo de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 702/88 cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallo: "Se desestima el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por Don Aurelio López de la Cova Gallo, contra la resolución de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía que, por vía del silencio administrativo desestimó el recurso de reposición formulado por el recurrente contra la dictada por el mismo órgano el día 21 de octubre de 1987, por la que autorizando la compatibilidad de su puesto de trabajo en el sector público como Médico Especialista en Ambulatorio del S.A.S. en Linares (Jaén), con la actividad privada en consulta particular se le denegó la compatibilidad con el puesto de trabajo como Médico Titular en Casa de Socorro de dicha localidad; y en consecuencia se confirman las resoluciones impuganadas por ser conformes a Derecho.
Sevilla, 2 de julio de 1990.- El Secretario General, Rafael Benavente García.
Descargar PDF