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En el recurso nº 1034/88 interpuesto por D. Antonio Ortiz Ruiz y otro, se ha dictado sentencia con fecha 14.5.90, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Se desestima el recurso interpuesto por D. Antonio Ortiz Ruiz y otro, contra la denegación presunta por la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de la Petición relativa al abono de diversas cantidades correspondientes a diferencias de retribuciones básicas de los años 1985 y 1986 por servicios prestados como Profesores Agregados de Bachillerato".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios téminos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 14 de agosto de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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