Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 21/9/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 31 de julio de 1990, por la que se concede a la entidad Casas de España, S.A. la aplicación retroactiva de la Ley 12/1988, de 25 de mayo, de Beneficios Fiscales relativos a la Exposición Universal de Sevilla 1992.

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Examinada la petición formulada con fecha 26 de agosto de 1988 por D. Alfonso Seoane Yarza, actuando en nombre y representación de Casas de España, S.A., en solicitud de la aplicación retroactiva de la Ley 12/1988, de 25 de mayo, de Beneficios Fiscales relativo a la Exposición Universal de Sevilla 1992, en base a lo establecido en su Disposición Final 3., y, en consecuencia, el reconocimiento del derecho o la bonificación del 95 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados correspondiente a las adquisiciones de bienes con derecho o deducción por inversiones;

Resultando que, según se indica en el escrito y demás documentación adjunta al mismo, la entidad solicitante, con anterioridad a la publicación de la Ley 12/1988, de 25 de mayo, había realizado una inversión de 10.500.000. pesetas en la adquisición de una casa palacio ubicada en Plaza del Lasso nº 1, de Carmona, la cual piensa destinarse, tras su rehabilitación, a alojamiento turístico; Vistos la Ley 12/1988, de 25 de mayo, de Beneficios Fiscales relativos a la Exposición Universal Sevilla 1992, el Real Decreto 219/1989, de 3 de marzo, dictado en desarrollo de la Ley antes citada y demás disposiciones de pertinente aplicación;

Considerando que de acuerdo con lo establecido en la Disposición Final 3. de la Ley 12.1988, de 25 de mayo, corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda de esta Comunidad Autónoma la competencia para resolver sobre la procedencia de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por tratarse de un tributo cedido;

Considerando que, para la procedencia del disfrute de esta bonificación, es necesario que las adquisiones se destinen a la realización de inversiones que consistan en activos fijos materiales nuevos, lo que no concurre en el presente caso, o en obras de rehabilitación de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el R.D. 2329/1983, de 28-7, realizadas en cumplimiento de los planes y programas de la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de Sevilla 1992 S.A. Considerando que la Sociedad Estatal para la Exposición Universal Sevilla

92, S.,A., con fecha 20.9.1989, ha emitido informe indicando que la inversión descrita en la documentación aportada al expediente por la entidad solicitante puede considerarse realizada en cumplimiento de los planes y actividades por ella establecidos; Considerando que, con fecha 3.10.1989, la Comision Provincial del Patrimonio Histórico-Artístico de Sevilla manifiesta su aprobación al Proyecto de rehabilitación del Palacio situado en Plaza de Lasso, 1, de Carmona;

Considerando que por el Excmo. Ayuntamiento de Carmona se ha expedido certificación haciendo constar que las obras de rehabilitación proyectadas en la Casa-Palacio situada en la Plaza de Lasso nº 1 de dicha Ciudad, reúnen todas y cada una de las condiciones establecidas en el Real Decreto 2329/1983, de 28 de julio.

Esta Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Declarar que en el presente caso concurren los requisitos previstos en el artículo 6.1.b) de la Ley 12/1988, de 25 de mayo, y, en consecuencia, que procede la aplicación retroactiva de dicha norma, prevista en su Disposición Final 3., pudiendo beneficiarse la Entidad solicitante de la deducción en la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por inversión en rehabilitación de edificios realizada en cumpimiento de los planes y programas de la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de Sevilla 1992, S.A.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de su publicación.

Sevilla, 31 de julio de 1990

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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