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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 17 de mayo 1990, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 298/89 promovido por Compañía Sevillana de Electricidad S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso- administrativo por ser la Resolución de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de fecha 25 de junio de 1989 conforme a derecho; y, todo ello, sin expresa condena en costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 9 de agosto de 1990.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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