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La Mesa del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 1990, acordó convocar concurso de méritos para proveer una plaza de Operador, en régimen laboral, adscrita al Centro Informático del Parlamento de Andalucía.
Igualmente, la Mesa del Parlamento de Andalucía en la sesión arriba indicada, ha acordado aprobar las bases del citado concurso de mérito.
BASES DEL CONCURSO
PRIMERO:
Aprobar la convocatoria para la selección mediante "Concurso de Méritos" de una persona para ocupar en régimen laboral la plaza de "Operador" vacante en la plantilla actualmente existente en el Centro Informático del Parlamento de Andalucía.
SEGUNDO:
Aprobar el procedimiento que ha de seguirse para la selección anteriormente acordada, de acuerdo con las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
I) PUESTO DE TRABAJO OBJETO DEL CONCURSO:
El puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria es el correspondiente a Operador, confirgurado conforme a las siguientes características:
A) Denominación: OPERADOR.
B) Destino: CENTRO INFORMATICO DEL PARLAMENTO.
C) Clase: LABORAL. La persona seleccionada tendrá a todos los efectos la condición de personal laboral al servicio del Parlamento de
Andalucía, adquiriendo la condición de fijo por tiempo indefinido, una vez superado el período de pruebas que se fija en una
duración de seis meses, durante los cuales tendrá la condición de personal laboral en período de practicas.
D) Funciones: LAS PROPIAS DEL CARGO, entre otras:
1) Estudiar y cumplir el manual de explotación
2) Tomar acciones ante los mensajes del Sistema Operativo.
3) Preparar input de trabajos.
4) Submitir trabajos al ordenador.
5) Controlar la rotación de ficheros, archivos y bibliotecas.
6) Controlar las colas de salida de impresión y de trabajos.
7) Verificar la correcta ejecución de los trabajos.
8) Efectuar Back-up de bibliotecas y del sistema.
9) Operar el controlador de comunicaciones.
10) Preparar dispositivos de entrada/salida para la ejecución de los trabajos.
11) Preparar, dirigir y ordenar todo el material auxiliar según instrucciones del inmediato superior.
12) Detectar el mal funcionamiento de los componentes hardware y software y comunicárselo de inmediato al superior.
E) Retribuciones: Las que figuran en el presupuesto del Parlamento de Andalucía para el puesto objeto del concurso
F) Jornada laboral: La jornada laboral será la que se establezca por la Administración Parlamentaria.
II) FORMA DE SELECCION:
Concurso público de méritos.
III) REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Para concurrir a la presente convocatoria será preciso reunir los siguientes requisitos:
III.1 Requisitos Generales:
A) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.
B) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme, lo que se acreditará mediante la oportuna declaración.
C) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones correspondientes. Este requisito se formalizará mediante el correspondiente certificado médico una vez obtenida la plaza, quedando supeditada la contratación definitiva a la superación de esta condición.
D) Estar en posesión del título académico exigido para el desempeño de cargo, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se publique la presente convocatoria.
III.2 Requisitos profesionales:
1) Titulación en Bachiller Superior, FP2 o equivalente.
2) Conocimiento de Sistemas Operativos
3) Conocimientos en ofimática y sistemas de impresión en el entorno Láser.
4) Conocimiento de inglés a nivel de comprensión de mensajes de Consola.
III.3 Requisitos particulares:
Además de los requisitos exigidos en los apartados III.1 y III.2 anteriores, y los necesarios para el desempeño de las funciones relacionadas en el apartado D) de la base I, se considerarán como méritos preferentes los siguientes:
1) Conocimiento de sistemas de gestión de Bases de Datos documentales, BASIS, bajo sistema operativo UNIX.
2) Conocimiento de sistemas de gestión de Bases de Datos relacionales, ORACLE, bajo sistema operativo UNIX.
3) Conocimiento de comunicaciones: X.25 y red Iberpac, así como redes de área local y miniordenadores departamentales, sistema operativo MS-DOS.
4) Conocimiento de paquetes ofimáticos, especialmente QOFFICE, WORDPERFECT, VENTURA, etc.
5) Cualesquiera otros conocimientos en materia informática y que hayan sido desarrollados en la práctica profesional.
6) Experiencia en centros privados.
7) Experiencia en centros públicos.
8) Experiencia en centros públicos de naturaleza parlamentaria.
Tales requisitos deberán acreditarse fahacientemente dentro del plazo de presentación de instancia.
IV) COMISION DE SELECCION:
Para la selección de la persona que habrá de ocupar la plaza objeto de la presente convocatoria, existirá una Comisión con la composición y funciones que a continuación se detallan:
A) Composición: La Comisión de selección estará integrada por los miembros que seguidamente se relacionan, de
los que se designará titular y suplente:
1) Presidente del Parlamento de Andalucía o vicepresidente en quien delegue, que ostentará la presidencia de la misma.
2) Otro miembro de la Mesa de la Cámara.
3) Letrado Mayor o Letrado que le sustituya.
4) Jefe del Centro Informático del Parlamento de Andalucía.
5) Un funcionario del Parlamento de Andalucía.
B) Funciones: Entre las funciones encomendadas a la Comisión de Selección se encuentran las siguientes:
1) Selección y clasificación de las instancias presentadas dentro del plazo establecido en las presentes bases, al objeto de confeccionar la "Lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al concurso".
2) Aprobación de la "Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso".
3) Requerimiento a los solicitantes, que estos están obligados a facilitar, de cualquier tipo de aclaración que sobre la documentación presentada se le pudiera plantear. En el caso de que el requerimiento no fuera atendido no se valorará el mérito correspondiente.
4) Convocatoria de cuantas pruebas complementarias (dirigidas a verificar la exactitud de los méritos alegados) estime conveniente realizar para la elección del candidato o lista de candidatos que haya de proponer a la Mesa de la Cámara para su posterior contratación.
5) Concluido el período establecido en las presentes bases para la selección de la persona sobre la que ha de recaer la contratación, la Comisión propondrá a la Mesa de la Cámara el nombre o nombres de aquél o aquellas que por orden de puntuación merezca ser seleccionada para el desempeño del cargo. O bien la propuesta, también razonada, de "dejar desierto el concurso".
6) Las demás que se deduzcan de las presentes Bases.
V) SOLICITUDES Y CELEBRACION PRUEBAS COMPLEMENTARIAS:
El desarrollo del concurso anteriormente establecido se ajustará al siguiente calendario:
A) Presentación de instancias:
La presentación de solicitudes para participar en el concurso podrá efectuarse en el Registro General de la Cámara, sito en c/ Reyes Católicos n. 21 de Sevilla, mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía. Las solicitudes se formularán en el plazo de un mes desde la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA). También podrán presentarse por correo certificado en los términos previstos en el artículo 66.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
A la solicitud se acompañará:
- Fotocopia D.N.I.
- Curriculum profesional y relación de méritos alegados. Se adjuntarán así mismo los documentos probatorios que permitan la valoración de los méritos correspondientes. No se valorarán aquellos méritos relacionados por el concursante y de los cuales no se aporte la documentación probatoria correspondiente.
- Fotocopia compulsada del Título Académico exigido en la convocatoria.
B) Exposición de listas:
Las listas tanto provisionales como definitivas de los solicitantes serán expuestas en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Andalucía.
C) Subsanación de errores y reclamaciones:
1. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de los interesados.
2. Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de diez días hábiles desde la exposición de las listas en el Tablón de Anuncios, durante los que podrán presentar las reclamaciones que estimen oportunos, a los efectos previstos en el artículo 121 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
3. Contra el acuerdo de la comisión designada que apruebe la lista definitiva podrá interponerse el recurso que corresponda en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.
D) Celebración de pruebas complementarias:
La celebración de pruebas que la Comisión estime oportuno convocar, en relación con lo previsto en el epígrafe 4) del apartado B) de lo anterior base IV, deberán ser anunciadas al menos con una semana de antelación en el Tablón de Anuncios de la Cámara y comunicadas en forma fehaciente a los interesados.
E) Propuesta de contratación:
Concluidas la celebración de las pruebas, la Comisión elevará su propuesta a la Mesa de la Cámara de acuerdo con la Base IV, B, n. 5. La citada propuesta se publicará en BOJA y BOPA.
VI) CONTRATACION:
Concluido el período de selección y elevada la consiguiente propuesta de contratación o de declarar el concurso desierto, la Mesa de la Cámara adoptará el correspondiente acuerdo de contratación que deberá recaer necesariamente sobre el aspirante que haya obtenido mayor puntuación. El citado acuerdo solo será objeto de publicación en el BOPA.
Dicha contratación se efectuará en dos fases:
a) Contratación provisional:
A partir de la recepción de la notificación del acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se acuerda la contratación de la persona propuesta por la Comisión de Selección, para el desempeño del cargo de Operador, dicha persona dispondrá de 2 semanas para la incorporación al trabajo, cuya contratación efectiva tendrá lugar de forma improrrogable durnate ese plazo.
b) Contratación definitiva:
La Comisión de Selección, cuya vigencia permanecerá durante el período de prueba, podrá recabar a la persona contratada, los informes que estime necesario para la contratación del buen desempeño de las funciones asimiladas al puesto de trabajo, incluso, podrá someterse al mismo a la celebración de entrevistas, "test" y supuestos prácticos que corroboren los conocimientos expresados por el aspirante en su currículum. Considerando, caso de no realizarse ninguna de las pruebas reseñadas o cualesquiera otras que se considere oportuno a los efectos pertinentes una vez transcurrido los seis meses fijado en la base I), superado el período de práctica, procediendo entonces a la contratación definitiva como "personal laboral fijo", prorrogándose el contrato por tiempo indefinido.
TERCERO:
Publicar las bases que regirán en la selección de la persona que ha de ocupar la plaza de "Operador" en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA) y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Sevilla, 19 de septiembre de 1990.- El Letrado Mayor, Juan B. Cano Bueso.
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