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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 6 de marzo de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso nº 3186/87, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: "Que rechazando la causa de inadmisibilidad debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por D. Jerónimo de las Heras Borrero. Contra la Resolución ya referenciada en el primer antecedente de esta Sentencia; sin costas. Y a su tiempo, con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia".
Sevilla, 10 de septiembre de 1990.- La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.
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