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Se pone en conocimiento del público en general y de todos los posibles interesados, que este Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el pasado día dos de octubre del año en curso, adoptó de acuerdo de declarar la condición de inhábiles de todos los sábados a efectos administrativos municipales, principalemente en lo relativo al cumplimiento y cómputo de los plazos y términos establecidos en los artículos 59 y 60 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, por lo que dicho día no será contado como hábil, ni podrá ser nunca término de ningún plazo, pasando éste a finalizar el primer día hábil siguiente.
Consecuente con lo anterior, las oficinas municipales de carácter administrativo, permanecerán cerradas, además de los domingos y festivos, todos los sábados del año.
San Fernando, 4 de octubre de 1990.- El Secretario General Accta., M. Fustegueras Iznardo.
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