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En el recurso núm. 1060/88 interpuesto por D. José Luis Puy Muñoz, se ha dictado sentencia con fecha 4.6.90, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Se desestima el recurso interpuesto por D. José Luis Puy Muñoz, contra la denegación presunta por la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de la Petición relativa al abono de diversas cantidades correspondientes a diferencias de retribuciones básicas de los años 1985 y 1986 por servicios prestados como Catedrático de Bachillerato"
Esta Consejería , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
27 de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 17 de octubre de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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