Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 8/1/1991

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.31 DE MADRID

EDICTO (PP. 10/90).

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Don Juan Uceda Ojeda, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 31 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Judicia Sumario del Artículo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número 00269/1990, a instancia de Hispano Hipotecario, S.A. S.C.H. representada por el Procurador D. Carlos Riopérez Losada, contra Joaquín Alvares y Myrtle Alvares, en cuales se ha acordado sacar a la venta en pública subasta por término de veinte días, los bienes que al final del presente edicto se describirán, bajo las siguientes:

CONDICIONES

Primero. El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado el señalamiento simultáneo de las primeras que autorizan las Regla 7º del Art. 131 de la Ley Hipotecaria conforme a las siguientes fechas y tipos de licitación:

Primera subasta: Fecha cuatro de febrero de 1991 a las 13,30 horas, Tipo de licitación 51.763.600 pesetas, sin que sea admisible postura inferior.

Segunda subasta: Fecha cuatro de marzo de 1991 a las 12,00 horas, Tipo de licitación 38.822.700 pesetas, sin que sea admisible postura inferior. Tercera subasta: Fecha ocho de abril de 1991 a las 10,40 hora. Sin sujeción a tipo.

Segunda. Para tomar parte en la subasta, todos los postores-a excepción del acreedor demandante- deberán consignar una cantidad igual, por lo menos, al 20% del tipo señalado para la primera y segunda subasta y, en la tercera, una cantidad igual, por lo menos, al 20% del tipo señalado para la segunda. Los depósitos deberán llevarse a cabo en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya, a la que el depositante deberá facilitar los siguientes datos: Juzgado de 1º Instancia nº 31 de Madrid. Cuenta del Juzgado: número 41.000 en la Plaza de Castilla, s/n, Edificio Juzgado de Instrucción y Penal. Número de expediente o Procedimiento:

24590001800269/1990. En tal supuesto deberá acompañarse el Resguardo de Ingreso Correspondiente.

Tercera. En todas las subastas, desde el anunciamiento hasta su celebración, podrá hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, verificándose los depósitos en cualquiera de las formas establecidas en el numeral anterior. El escrito deberá contener necesariamente la aceptación expresa de las obligaciones consignadas en la condición 6º del presente edicto, sin cuyo requisito no será admitida la postura.

Cuarta. Las posturas podrán hacerse a calidad de ceder el remate a un tercero, cesión que deberá efectuarse en la forma y plazo previstos en la Regla 14º del Art. 131 de la Ley Hipotecaria.

Quinta. Los autos y la certificación del Registro de la propiedad a que se refiere la Regla 4º del art. 131 de la Ley Hipotecaria está de manifiesto en Secretaría, entendiendose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Sexta. Los cargos o gravamenes anteriores y las preferentes- si los hubiera- al crédito del actor continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Séptima. Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se traslada su celebración- a la misma hora- para el viernes de la semana dentro de la cual se hubiere señalado -según la condición 1ª de este edicto la subasta suspendida.

Octava. Se devolverá las consignaciones efectuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponde al mejor postor, las que se reservarán en deposito como garantía del cumplimiento de la obligación, y en su caso como parte del precio de la venta.

Novena. Si se hubiera pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebración de la subasta, también podrán reservarse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los precios de la subasta, por si el primer adjudicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate de los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

BIENES OBJETOS DE SUBASTA

Parcela de terreno procedente de la finca Rocío de Nogüeles, del término municipal de Marbella. Tiene forma irregular y se la designa con el núm. 112 de la urbanización de que forma parte. Ocupa una extensión superficial de dos mil treinta y tres metros cuadrados. Sobre esta parcela existe una vivienda unifamiliar construida, compuesta de planta de sótano baja y alta, distribuidas en hall, salón, comedor, cocina, office, tres dormitorios, dos aseos, dos cuartos de baños, garaje, y terraza en planta baja; y en la alta, de un dormitorio con terraza, un cuarto de baño y un salón. Tiene un total superficie construida de 409 metros, 80 decímetros cuadrados, de los que 143 metros cuadrados corresponde a sótano diáfano, dosciento sesenta metros cuadrados a la planta baja y 91 metro, 80 decímetro cuadrados a la planta alta y 115 metros cuadrados a porches y terrazas. Inscrita en Registro de la Propiedad núm. 3, de Marbella, al folio 57, libro 4 sección tercera de Marbella, inscripción primera, finca núm. 273.

Madrid, 2 de enero de 1991.- El Magistrado-Juez, El Secretario.

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