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Por el Ayuntamiento de los Palacios y Villafranca (Sevilla) ha sido ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de terreno sita en su término municipal, para destinarla a la construcción de un Albergue Juvenil.
Para la Consejería de Asuntos Sociales se considera de interés la aceptación de la referida donación.
En su virtud, a propuestas del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 4 de diciembre de 1990,
DISPONGO:
Artículo primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de los Palacios y Villafranca (Sevilla) de una parcela de terreno, a segregar de otra de mayor cabida cuya descripción es la siguiente: parcela situada al Este del Polígono Urbano, del Poblado de Maribañez, del, término de los Palacios, con superficie de ciento cuarenta y ocho mil trescientos noventa metros cuadrados; linda, al Norte con acequia A/VII/8/4, Sur y Este con finca de Mª. Dolores Pérez de Guzmán Moreno, y Oeste con calle Hermandad, Centro Cooperativo, calle del Milán y escuelas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.119, Libro 216, folio 34, finca nº 15.739.
La parcela objeto de donación posee una superficie de tres mil setecientos cincuenta metros cuadrados; linda al Norte con acequia A/VII/8/4, al Sur con Prolongación de la calle Hermandad, al Este con parcelas V/2,V/3,V/4,y V/5 que forman el parque de Maribáñez, de la que se segrega,y Oeste con las Escuelas Nacionales. Los gastos, tanto notariales como registrales, que se ocasionen con motivo de la segregación serán a cargo del Ayuntamiento de los Palacios y Villafranca.
Artículo segundo. La mencionada parcela deberá incorporarse al inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrita a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por la Consejería de Economía y Hacienda a la de Asuntos Sociales, que la destinará a la construcción de un Albergue Juvenil.
Artículo tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevará a cabo los trámites necesarios para la efectividad de lo dispuesto en el presente decreto.
Sevilla, 4 de diciembre de 1990
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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