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Dada la necesidad de fomentar, desarrollar y homogeneizar los Servicios de Contraincendios y Salvamentos de la Comunidad Autónoma Andaluza, garantizando de ese modo, la seguridad y protección de personas y bienes en situación de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, y a tenor de lo dispuesto en el párrafo tercero del Artículo 19 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991.
DISPONGO:
Artículo 1º. Por la que se amplía por una subvención de treinta y cuatro millones quinientas mil pesetas la concedida por Orden de 29 de octubre de 1990 al Excmo. Ayuntamiento de Loja (Granada) para la construcción del Parque de Bomberos, declarándose la misma específica por razón del Objeto, obviándose por tanto la concurrencia.
Artículo 2º. A tenor del estado actual de las obras, se prevé que el gastos originado al finalizar el presente ejercicio ascenderá a la cantidad de cinco millones setecientas cincuenta mil pesetas (5.700.000 Ptas.), quedando el resto de la subvención veintiocho millones setecientas cincuenta mil pesetas (28.750.000 Ptas.) pendiente para el próximo ejercicio económico.
Sevilla, 11 de noviembre de 1991.
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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