Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 17/12/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 3 de diciembre de 1991, por la que se ordena el cumplimiento en sus propios términos de la Sentencia de 22 de julio de 1991, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, recaída en el Recurso núm. 1658/89.

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En el recurso contencioso-administrativo nº 1658/1989, interpuesto por D. Lorenzo Sánchez Martínez contra Resolución de la Consejería de Gobernación de 13 de diciembre de 1988, sobre Espacios Naturales Protegidos, expediente núm. 165/88, ha recaído sentencia el 22 de julio de 1991 pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

FALLAMOS:

Que debemos estimar y estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo promovido por D. Lorenzo Sánchez Martínez,l representado por la Procuradora Dña. M. Fidela Castillo Funes, contra acto presunto de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, desestimatorio de recurso de alzada promovido por aquél contra Resolución de la Delegación Provincial de la misma en Jaén de 13 de diciembre de 1988, por el que en expediente sancionador se estimó la concurrencia de infracción de las disposiciones protectoras de Espacios Naturales Protegidos, concretamente del Parque Natural de las Sierras de Cazorla; Segura y Las Villas, con imposición de dos sanciones de 125.000 ptas. cada una, declarando que en cuanto a estas últimas no tuvieron su fundamento en norma de rango legal, por lo que procede anularlas, en cuyo sentido se revocan los acuerdos.

En consecuencia, esta Consejería, de Conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ordena:

Primero: La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo que ahora se transcribe.

Segundo: El cumplimiento de la expresada sentencia en sus propios términos.

Sevilla, 3 de diciembre de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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