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Vista la petición elevada por el Ayuntamiento de El Gastor, sobre subvención para la obra denominada "Pintado depósitos municipales de agua" al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para gastos que no comporten inversión recogidas en el artículo 1º. A) del citado Decreto. Resultando que, estudiada la petición y fundamentada en que es un servicio local cuya prestación significa una iniciativa de especial interés, conforme a lo establecido en el artículo 1º. A), párrafo 2º. del Decreto 117/1989, de 31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria.
Resultando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º. de la Orden de 2 de junio de 1989. Considerando que en virtud de lo establecido en la Orden de 2 de junio de
1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989 y, teniendo en cuenta el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el Artículo 1º. de la citada Orden de 2 de junio de 1989, me atribuye.
RESUELVO:
1). Conceder al Ayuntamiento de El Gastor la cantidad de 253.456 pts., en concepto de subvención para la finalidad expresada.
2). Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.
3). Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.
4). Requerir en el plazo máximo de dos meses que se justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículo 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).
Cádiz, 28 de noviembre de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.
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