Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 1/3/1991

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO PRIMERA INSTANCIA NUM. TREINTA Y UNO DE MADRID

EDICTO. (PP. 113/91).

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Don Juan Uceda Ojeda, Magistrado-Juez del Juzgado de 1. Instancia nº 31 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Judicial Sumario del Artículo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número

01866/1989, a instancia de BBV S.A., representada por el Procurador Don Manuel Infante Sánchez, contra Sociedad Cooperativa Agraria Andaluza Cortijo Canillas S.A., en los cuales se ha acordado sacar a la venta en pública subasta por término de veinte días, los bienes que al final del presente edicto se describirán, bajo las siguientes:

CONDICIONES

Primera. El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado el señalamiento simultáneo de las tres primeras que autoriza la Regla 7. del Artículo 131 de la Ley Hipotecaria conforme a las siguientes fechas y tipos de licitación: Primera subasta: Fecha 9.10.91, a las 12,30 horas. Tipo de licitación

64.000.000 pesetas, sin que sea admisible postura inferior. Segunda subasta: Fecha 13.11.91, a las 12,00 horas. Tipo de licitación

48.000.000 pesetas, sin que sea admisible postura inferior. Tercera subasta: Fecha 18.12.91, a las 10,10 horas. Sin sujeción a tipo.

Segunda: Para tomar parte en la subasta, todos los postores -a excepción del acreedor demandante- deberán consignar una cantidad igual, por lo menos, al 20% del tipo señalado para la primera y segunda subasta y, en la tercera, una cantidad igual, por lo menos, al 20% del tipo señalado para la segunda.

Los depósitos deberán llevarse a cabo en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya, a la que el depositante deberá facilitar los siguientes datos: Juzgado de 1. Instancia nº 31 de Madrid. Cuenta del Juzgado: número 41.000 en la Plaza de Castilla, s/n, Edificios Juzgados de Instrucción y Penal. Número de expediente o Procedimiento:

24590001801866/1989. En tal supuesto deberá acompañarse el resguardo de ingreso correspondiente.

Tercera: En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, verificándose los depósitos en cualquiera de las formas establecidas en el numeral anterior. El escrito deberá contener necesariamente la aceptación expresa de las obligaciones consignadas en la condición 6. del presente edicto, sin cuyo requisito no será admitida la postura.

Cuarta: Las posturas podrán hacerse a calidad de ceder el remate a un tercero, cesión que deberá efectuarse en la forma y plazo previstos en la Regla 14. del Artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Quinta: Los autos y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refiere la Regla 4. del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en Secretaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Sexta: Las cargas o gravámenes anteriores y las preferentes -si los hubiere- al crédito del actor continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Séptima: Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se traslada su celebración -a la misma hora- para el viernes de la semana dentro de la cual se hubiere señalado -según la condición

1. de este edicto la subasta suspendida.

Octava: Se devolverán las consignaciones efectuadas por los participantes a la subasta, salvo que corresponda al mejor postor, las que se reservarán en depósito como garantía del cumplimiento de la obligación, y en su caso como parte del precio de la venta.

Novena: Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebración de la subasta, también podrán reservarse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los precios de la subasta, por si el primer adjudicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

BIENES OBJETO DE SUBASTA

RUSTICA. Porción oeste de la Hacienda o Dehesa del Valle del Mesto, en término municipal de Guillena (Sevilla), cuyos terrenos en parte están poblados de encinas y en parte son terrenos de monte bajo y labor, de secano, con una superficie de cuatrocientas setenta y cinco hectáreas, sesenta y tres áreas.

Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 8 de Sevilla, en el tomo

1.102, libro 107 de Guillena, folio nº 1 vuelto, finca 4.178-N, inscripción 5.

Madrid, veinticinco de octubre de mil novecientos noventa.- El Secretario. El Magistrado-Juez.

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