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Visto el escrito que suscribe D. José Angel Zafra Sánchez en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villarodrigo solicitando una subvención de 1.532.000 pts. para hacer frente a los gastos de instalación de estación de reemisor de T.V., acompañando el presupuesto total de la misma que asciende a
1.532.000 pts.
Considerando que la referida obra está incluido entre las descritas en el apartado B del Decreto 117/89 de 31 de mayo, por el que se regulan las subbvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Corporaciones Locales y a aquellas Entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades relacionadas directamente con los competencias que tiene asignadas esta Consejería.
En uso de las facultades que me confiere lo dispuesto en la Orden de
2 de junio de 1989 del Excmo. Sr. Consejero de Gobernación por la por la que se delega la facultad de conceder subvenciones a los Delegados de Gobernación.
RESUELVO:
Primero: Conceder al Ayuntamiento de Villarrodrigo la cantidad de un millón de pesetas (1.000.000 ptas.) en concepto de subvención para la instalación de estación de reemisor de T.V., declarando la subvención específica por razón del objeto.
Segundo: El beneficiario de la subvención viene obligado de conformidad con lo dispuesto en los Artº. 37, 38 y concordantes del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 149/88 (BOJA núm. 45 de 10 de junio de 1988), a remitir a esta Delegación en el momento de recepción de la transferencia de los fondos, certificación expedida por el Secretario-Interventor de haber registrado en la contabilidad Municipal el ingreso de la subvención percibida con expresión del asiento contable practicado; y una vez realizada la obra o el suministro, en el plazo de un mes, desde la recepción de la misma, la correspondiente certificación final o facturas según proceda aprobadas por el órgano municipal competente y fiscalizadas por la Intervención Municipal.
Jaén, 5 de julio de 1990.- El Delegado, Juan Torres Morales.
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