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De acuerdo con lo previsto en el Artículo 8.1 y 8.2 de la Ley 1/1986, de
2 de enero, Electoral de Andalucía, la Mesa del Parlamento y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía han designado a los miembros de la Junta Electoral de Andalucía que les corresponden a tenor de la referida normativa.
en su virtud, y conforme a lo dispuesto en el Artículo 8.3 de la citada Ley Electoral, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de abril de 1991,
DISPONGO:
Artículo único. Vengo a cesar como miembros de la Junta Electoral de Andalucía a los siguientes señores:
Magistrados del Tribunal Superior de Justicia. Excmo. Sr. D. Francisco Trujillo Mamely
Ilmo Sr. D. Rafael Osuna Ostos
Ilmo Sr. D. Juan José Ruiz-Rico López-Londines Ilmo Sr. D. Federico Lázaro Guil
Catedráticos o Profesores Titulares de Derecho Ilmo. Sr. D. Gregorio Cámara Villar
Ilmo. Sr. D. Emilio Pérez Ruiz
Ilmo. Sr. D. Enrique Seco Caro
Quienes permanecerán en funciones hasta la toma de posesión de los nuevos miembros, de la Junta Electoral de Andalucía.
Sevilla, 9 de abril de 1991
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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