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Se ha convocado una jornada de huelga por las Organizaciones Sindicales Unión General de Trabajadores de Andalucía y Comisiones Obreras de Andalucía para el próximo día veinticinco de este mes de abril que afecta al personal laboral, funcionario e interino de la Junta de Andalucía.
Es necesario consiguientemente determinar según lo establecido legalmente legalmente, unos servicios que, aunque sean mínimos, garanticen al contribuyente una atención en ese día que, sin ser la que normalmente se le ofrece, sí sea suficiente para no perjudicar gravemente sus intereses, todo ello, de acuerdo con el criterio dse la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que determina la prioridad del derecho de la Comunidad a los servicios esenciales, que no deben paralizarse sín límite por el ejercicio del derecho de huelga, y en consideración a las causas que más específicamente y de forma suscintan se indican a continuación.
1. Registro de entrada de documentación.
La existencia de plazos en el procedimiento administrativo general y demás procedimientos especiales, imponen su no interrupción para no ignorar perjuicios a los titulares de los derechos sometidos a términos.
2. Información.
La necesidad de informar al ciudadano no debe soslayarse, ni menoscabar el ejercicio de los derechos y deberes que puedan corresponderle en relación con los servicios de la Administración para lo cual deber'a atenderse tanto la información directa como la necesaria a través de medios telegráficos, telefax y telefonía.
3. Servicios de Portería y Seguridad.
La necesidad de vigilancia y portería de los edificios e instalaciones se justifica por sí sola, en atención a salvaguardar la seguridad de las personas y de los bienes patrimoniales cuya utilidad pública es manifiesta.
4. Servicios de caja.
El cumplimiento de obligaciones legales de ingresos y pagos sujetos a término y de los que pudieran derivarse perjuicios económicos para la Hacienda Pública y para los ciudadanos, hacen necesario mantener siquiera sea mínimamente, los servicios de caja.
En consecuencia, de acuerdo con lo que dispone el Artículo 28.2 de la Constitución, el Artículo 10.2 del Real Decreto-Ley 17/77 de 4 de marzo; sentencia del Tribunal Constitucional de Gobierno de la Junta de Andalucía de 5 de octubre de 1983.
DISPONGO:
La situación de huelga que puede afectar al personal funcionario dependiente de la Consejería el día 25 de abril, deberá ir acompañada de los servicios mínimos conforme a las motivaciones expuestas, que figuran en el anexo de la presente Resolución, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de abril de 1991.- El Viceconsejero, Joaquín Castillo Sempere.
ANEXO QUE SE CITA
SERVICIOS CENTRALES Y PERIFERICOS DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
1 Funcionario de Registro e Información.
1 Funcionario de Comunicaciones y Telefonía.
1 Funcionario responsable de cada caja que existiera.
2. Ordenanzas.
Personal necesario para mentener la vigilancia y seguridad de personal y bienes, instalaciones y edificios.
En las Delegaciones Provinciales, además del personal realcionado y para garantizar la continuidad del control de la sanidad animal:
1 Funcionario Jefe de la sección de Sanidad Animal.
1 Funcionario Jefe de negociado de Saneamiento Ganadero. Con la misma causa, en los Laboratorios de Sanidad y Producción Animal:Ñ
2 Funcionarios Asesores Técnicos Veterinarios.
SERVICIOS CENTRALES DEL INSTITUTO ANDALUZ DE REFORMA AGRARIA:
1 Funcionario de Registro e Información
1 Funcionario de Comunicaciones y Telefonía.
1 Ordenanza.
DIRECCIONES PROVINCIALES DEL INSTITUTO ANDALUZ DE REFORMA AGRARIA:
1 Funcionario de Registro e Información
1 Funcionario de Comunicaciones y Telefonía.
1 Ordenanza.
Personal de servicio de Campo y Guardería Forestal, hasta un límite del
15% de los efectivos.
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