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Aprobado el Proyecto de Contradique del Puerto Deportivo de Mazagón (Huelva), habiéndose cumplido con anterioridad los trámites de información Pública y de información a administraciones afectadas o interesadas, de conformidad con la Legislación de Puertos Deportivos vigentes, la ejecución de las obras y su posterior explotación requiere la ocupación de una zona que el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo ha incluido como ribera del mar en el expediente de deslinde de dominio público marítimo terrestre aprobado el 26 de abril de 1990. Sobre estos bienes recaen o pueden recaer los derechos regulados mediante la Ley de Costas y Reglamento de su desarrollo, de conformidad con los mismos y a favor de los titulares que así lo acrediten. El precitado deslinde afecta principalmente a una finca calificada en el Plan General de Ordenación Urbana de Palos de la Frontera (1985) como zona verde y así se ha recogido en el Plan Especial del Puerto Deportivo que se encuentra en tramitación, por lo que igualmente precisa de la enajenación de la propiedad privada existente, y que resulta necesaria para la explotación del puerto y de conformidad con el Art. 15, punto segundo de la Ley de Expropiación Forzosa. Conforme a lo establecido en los artículos 15, 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y artículos 16 y 17 de su Reglamento, se ha redactado la correspondiente relación de bienes y derechos necesarios de expropiación y ocupación temporal, referidos a la finca cuya descripción se contiene en el Anejo a este anuncio. La citada relación, estará expuesta a información pública durante quince (15) días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia y en el Ayuntamiento donde radican los bienes, para que quienes lo deseen puedan examinar la precitada documentación y formular por escrito las alegaciones que estimen pertinentes, aportando la debida documentación conforme al artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y artículos 17.1 y 18 de su Reglamento, lo que podrán realizar en esta Delegación Provincial (calle José Nogales, núm. 10, Huelva), de 9 a 13 horas.
Huelva, 9 de abril de 1991.- El Delegado Provincial, Diego Romero Domínguez.
ANEJO QUE SE CITA. [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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