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Examinado el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Cádiz, sobre la Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Cádiz, Plan de Dotación Hotelera, aprobado por acuerdos plenarios de 1 de marzo, 10 de mayo y 6 de junio de 1990, y elevado a esta Consejería a los efectos de lo dispuesto en los arts. 35.1.c., 40 y 49 de la Ley del Suelo. Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/76, de 9 de abril, los Reglamentos que lo desarrollan y el Decreto 194/83, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo.
Vistos los informes de la Comisión Provincial de Urbanismo, de la Dirección General de Urbanismo y de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y en virtud de lo dispuesto en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/83, de 21 de septiembre, en relación con el art. 35.1.c de la Ley del Suelo
HE RESUELTO:
Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Cádiz, Plan de Dotación Hotelera.
Segundo. Respecto al Documento Complementario denominado "Normas Urbanísticas del Plan General Municipal de Ordenación que regulan el Plan Hotelero" aportado desde el Ayuntamiento, conocido y valorado positivamente por la Consejería de Obras Públicas y Transportes y por la Comisión de Urbanismo de Andalucía, deberá tramitarse de acuerdo con la legislación urbanística vigente.
Tercero. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, a los efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Ayuntamiento de Cádiz y a los interesados.
Contra la presente Resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir de la última publicación o, en su caso, notificación y el contencioso-administrativo que deberá interponerse ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.
Sevilla, 25 de marzo de 1991
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes
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