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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 19 de octubre de 1990, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1541/89 promovido por Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos declarar y declaramos inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Conradi Rodríguez en nombre y representación de Cía. Sevillana de Electricidad, S.A, contra el acuerdo de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de 6 de febrero de 1989, al estar presentado el mismo fuera de plazo. Sin costas.
Sevilla, 23 de abril de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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