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Por la Dirección Provincial de la Agencia de Medio Ambiente de Cádiz se insta de esta Presidencia se lleve a cabo el ejercicio del derecho de retracto sobre la compraventa de la finca "Monte de Higuerón y Gaduares", sita en el término municipal de Grazalema (Cádiz). Resultando que la citada finca se encuentra dentro de los límites del Parque Natural de la "Sierra de Grazalema", declarado como tal por Decreto
316/1984, de 18 de diciembre.
Resultando que, el artículo 8 del Decreto antes invocado impone la obligación de notificar a la Agencia de Medio Ambiente todo proyecto de cambio de titularidad de transmisión de dominio inter vivos, a título oneroso, de los predios ubicados en el interior del Parque y la Agencia de Medio Ambiente podrá ejercer el derecho de tanteo y, en su caso, el de retracto.
Resultando que en el expediente obra certificación del Director Provincial de la Agencia en Cádiz haciendo constar que, con fecha 22 de agosto de 1990, se le ha notificado la compraventa efectuada por D. José Marín Carrera a favor de D. Juan Narváez Muñoz en escritura otorgada ante Notario de Algodonales D. José María Florit Carranza en fecha 2 de agosto de 1990, con el número 394 de su protocolo, a los efectos prevenidos en el artículo 24 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, en relación el artículo 10 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales, y de la Flora y Fauna Silvestres. Considerando que la Agencia de Medio Ambiente es competente para el ejercicio del derecho de retracto y por tanto para conocer y resolver este expediente, en virtud de las disposiciones citadas. Considerando que en el presente caso concurren todos los requisitos legales exigidos y dado que es de indudable interés la adquisición de la citada finca por este Organismo para un mejor complimiento de sus fines. Vistos el Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Conservación de la Naturaleza; Ley 6/1984, de 12 de junio, por la que se crea la Agencia de Medio Ambiente; Ley 4/1989, de 27 de marzo; el Decreto 316/1984, de 18 de diciembre y demás disposiciones de pertinente aplicación.
HE RESUELTO
Ejercer el derecho de retracto sobre la finca "Monte de Higuerón y Gaduares", en el término municipal de Grazalema (Cádiz) y cuyos datos constan en la presente resolución.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse Recurso de Alzada, en el plazo de 15 días, a partir del siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación ante el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Medio Ambiente.
Sevilla, 11 de abril de 1991.- El Presidente, Tomás de Azcárate y Bang.
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