Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, sea publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 11 de octubre de 1990, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1168/89 promovido por Urb. y Const. Andaluzas, S.A. (URCANSA) sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Desestimamos el recurso interpuesto por "Urbanizaciones y Construcciones Andaluzas, S.A.", en anagrama URCANSA, contra la resolución dictada por el Delegado Provincial de Trabajo de Cádiz de 21 de diciembre de 1988, expt. AISH-3064/87, por la que se le impuso sanción de 15.000 ptas. y declaramos ajustada a derecho dicha sanción, sin imposición ni costas.
Sevilla, 3 de mayo de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
Descargar PDF