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A solicitud de la Agrupación de Defensa Sanitaria «Vera-Antas y «Turre¯ interesando las función de ambas, y vista la propuesta favorable del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Agricultura para que se le conceda el Título de A.D.S. a la Asociación de ganaderos producto de la citada fusión con el nombre de «Turre-Vera¯ comprensiva de los términos municipales de Turre, Mojácar, Los Gallardos, Caborneras, Vera y Antas, todos de la provincia de Almería.
Vistos los informes preceptivos y realizadas las comprobaciones sanitarias prevista en la legislación vigente, artículo 1º punto 3 del Real Decreto 791/1979 de 20 de febrero; apartados 1º y 4º de la Orden Ministerial de Agricultura de 21 de octubre de 1980 y Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9 de febrero de 1982, he venido en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Real Decreto 144/1982 de 3 de noviembre a concederle con fecha 22 de noviembre del año en curso el Título de Agrupación de Defensa Sanitaria a la citada Asociación.
Notifíquese la presente resolución al interesado y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de su publicación en el BOE, de acuerdo con lo que preceptúa el apartado C punto 3 de la Resolución de 9 de febrero de 1982.
Sevilla, 22 de noviembre de 1990.- El Director General, Gerardo de las Casas Gómez.
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