Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 31/5/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 7 de mayo de 1991, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se autoriza a Gas Andalucía, SA., la ejecución de las instalaciones de distribución de gas natural comprendidas en el Proyecto Estaciones de Regulación y Medidas y Redes de Distribución de Gas Natural en Córdoba capital.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: Por Orden de 3 de noviembre de 1989 de la Consejería de Fomento y Trabajo (publicada en BOJA núm. 99 de 15 dic. 1989) se otorgó a la Empresa "Gas Andalucía, SA.", con NIF A-41-225.889, y domicilio social en c/ Rivero núm. 8 de Sevilla (CP. 41004), la concesión administrativa para la distribución de Gas Natural en el término municipal de Córdoba para usos domésticos y comerciales, así como de usos industriales inferiores a 10 millones de termias de consumo anual.

Segundo: Con fecha 12 de diciembre de 1990 "Gas Andalucía, SA." solicitó ante esta Delegación autorización administrativa para la ejecución de las obras e instalaciones comprendidas en el proyecto técnico denominado "Proyecto de EERRMM y Redes de Distribución de Gas Natural en Córdoba. Las características técnicas básicas del mismo son: Dos estaciones de Regulación y Medida, con un caudal máximo de

6.000 N m3/h y regulación de la presión de entrada de 16 bar/6 bar a la presión de la salida de entre 0.4 bar y 4 bar efectivos, situadas en recintos subterráneos construidos a tal fin. Red de distribución principal que distribuirá el gas natural a media presión B (0,4 bar-4 bar) alimentando a las estaciones de regulación. Su longitud estará estimada en 7.705 ml. de las cuales 10 ml. estarán construidos en acero al carbono, tipo API-SL 6r B y el resto en polietileno, según normas UNE 53.333/77, los diámetros oscilan entre

200 mm y 63 mm.

Nueve estaciones de regulación de presión, encargadas de regular la presión de entrada de media presión B a media presión A (0,05 bar-0,4 bar) de salida, aunque por operatividad de la empresa distribuidora, la presión se establecerá entre 0,099 y 0,1 bar. Los caudales serán de 1.000 N m3/h por unidad como valor máximo. Todos irán instalados en recinto subterráneo, construido a tal fin. Red de distribución secundaria en media presión A, cuya longitud estimada será de 15.640 m1 y construida totalmente en polietileno de media densidad, según norma UNE 53.333/77. Los diámetros varían entre

160 mm y 63 mm.

El presupuesto total estimado de proyecto asciende a doscientos cincuenta millones setescientas treinta y tres mil ochocientas treinta y siete pesetas. (250.733.837).

Tercero: Dicho proyecto se sometió a información pública por espacio de veinte días hábiles, publicándose en BOP núm. 47, de 26 de febrero de 1991; BOJA núm. 19 de 12 de marzo de 1991; BOE núm. 51 de 28 de febrero de 1991 y Diario de "Córdoba" de 15 de marzo de 1991. Durante dicho plazo, contado a partir de la última de las publicaciones, hasta el 10 de abril de 1991, no se han presentado ningún tipo de alegaciones.

Examinado dicho Proyecto, con fecha 17 de abril de 1991 se emitió informe favorable por el Departamento de Energía de esta Delegación.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero: En el Expediente se han cumplido los trámites reglamentarios previstos en el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles vigente, aprobado por R. Decreto 2913/73, de 26 de octubre, la Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones básicas para desarrollo coordinado en materia de Gas; la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y demás normas de aplicación. Segundo: De conformidad con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía, en materia de Industria, Energía y Minas; resultando que estas instalaciones afectan solamente a la provincia de Córdoba, esta Delegación Provincial.

HA RESUELTO

Autorizar la ejecución de las instalaciones comprendidas en el Proyecto de EE.RR.MM. y Redes de Distribución de Gas Natural en Córdoba capital, presentado por la Empresa "Gas Andalucía, SA".

Esta autorización se ajustará a las siguientes condiciones:

Primera: Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado obrante en el expediente. En todo momento se deberá cumplir cuanto se establece en el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; de Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de

1974, modificado por Ordenes del mismo Ministerio de 26 de diciembre de

1983 y de 6 de julio de 1984; así como la Orden de 3 de noviembre de 1989 de la Consejería de Fomento y Trabajo por la que se otorga a "Gas Andalucía, SA" la concesión administrativa para la distribución de Gas Natural en el término municipal de Córdoba para usos domésticos y comerciales, así como industriales de consumo anual inferior a 10 millones de Termias.

Segundo: El plazo de ejecución de las obras será de dieciocho meses a partir de la publcación de la presente Resolución en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía.

Una vez construidas las instalaciones, esta Delegación Provincial inspeccionará la totalidad de las obras efectuadas.

Asimismo, antes del levantamiento del Acta de Puesta en Marcha, por "Gas Andalucía, SA" se deberá presentar un Certificado Final de Obra firmado por el técnico director de la misma y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que se haga constar que se han realizado las mismas de acuerdo con el Proyecto aprobado y con las normas técnicas enunciadas en el anterior apartado.

Tercera: Los creces especiales se realizarán de acuerdo con los informes y condicionados señalados por los distintos Organismos o Entidades Públicas afectadas en cada caso.

Cuarta: Para introducir cualquier modificación de detalle, o de las instalaciones que afecten a las características técnicas básicas, se deberá obtener autorización previa de ésta Delegación Provincial. La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto la presente autorización por imcumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique.

Quinta: Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otras, necesarias de acuerdo con la normativa sectorial aplicable en cada caso.

Contra la presente Resolución, que no agota la via administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el IItmo. Sr. Director General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Económia y Hacienda, en el plazo de quince días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oicial de la Junta de Andalucía.

Córdoba, 7 de mayo de 1991.- El Delegado, Antonio Raya Rodríguez.

Descargar PDF