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Resueltas las alegaciones, la Comisión de Selección, en su sesión de 24 de mayo de 1991, acordó elevar a definitiva al Consejero de Gobernación, las tres relaciones provisionales donde figura el personal seleccionado en cada grupo de plazas de las opciones a plazas no reservadas, reservadas a minusválidos y reservadas a trabajadores fijo-discontinuos, refundidas en una única relación donde constan los aspirantes seleccionados clasificados, según establece las bases, en orden del de mayor a menor puntuación obtenida y, la propuesta de fomalización de los contratos laborales a este personal, una vez se resuelva la adjudicación de plazas. En su virtud, y en uso de las facultades que le confiere el Artº 5º de la Ley 6/1985 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucí en relación con el Artº 2º del Decreto 255/1987, de 28 de octubre, de atribución de competencias de personal y bases de la convocatoria, vengo en
RESOLVER:
Primero. Aprobar la relación del personal seleccionado en cada uno de los grupos de plazas de los anunciados en el concurso de provisión de plazas vacantes del Grupo V, convocado por Orden de 24 de abril de 1990, que figura en el Anexo I y donde consta el personal clasificado en Orden de mayor a menor puntuación obtenida en la valoración de méritos y tenido en cuenta lo previsto en las bases 9.3 y 11.4 de la Orden de convocatoria.
Segundo. Los aspirantes seleccionados que figuran en este Anexo I disponen de un plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de la presente Orden en el BOJA, para presentar en la Delegación de Gobernación de la provincia que corresponda a su domicilio, la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas en el grupo de plazas que fue seleccionado según el listado existente en cada Delegación de Gobernación, tal como dispone la Orden de 25 de mayo de 1991 de Corrección de errores de la Orden de convocatoria publicada en este mismo BOJA, en el modelo previsto a tal efecto y acompañado de la documentación que se cita en la base 12 de la Orden de convocatoria.
Tercero. Estimar parcial o totalmente, según se indica, las alegaciones del personal que figura como Anexo II.
Cuarto. Desestimar parcial o totalmente, según se indica, las alegaciones del personal que figura en el Anexo III, con indicación de las causas de su desestimación.
Quinto. El Anexo I se publica adjunto a la presente Orden y los Anexos II y III se encuentran expuestos en los tablones de anuncios de las Delegaciones de Gobernación de cada una de las provincias andaluzas y en los Servicios Centrales de la misma sita en plaza del Cristo de Burgos nº
31 de Sevilla.
Sexto. Aprobar la rectificación de oficio de la Comisión de Selección de los errores producidos en la valoración de méritos alegados, advertidos en las relaciones provisionales.
Séptimo. De conformidad con la base 16 de la Orden de convocatoria, se constituye la Bolsa de Trabajo provincial con los aspirantes admitidos y n seleccionados que así lo hayan hecho indicar en su solicitud y que figura en la relación complementaria hecha pública por la Comisión de Selección en los tablones de anuncios de cada Delegación de Gobernación el mismo día de la publicación en el BOJA de la presente Orden.
Octavo. Contra la presente Orden podrá interponerse Recurso de Reposiicó en el plazo de un mes y presentarse preferentemente en el mismo lugar dond se presentó la solicitud.
Sevilla, 3 de junio de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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