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Vista la propuesta elevada por el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, sobre subvención para la "Adquisición Vehículo para el Servicio de Protección Civil", al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para gastos de inversión recogidas en el artículo 1º B) del citado Decreto.
Considerando que dicha petición es un servicio cuya finalidad está relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación en materia de Administración Local, por lo que responde a las finalidades previstas en el Artículo 1º B párrafo 5º del Decreto
117/89, de 31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria.
Considerando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989. Resultando que en virtud de lo establecido en la Orden de 2 de junio de
1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89 y, teniendo en cuenta el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el Artículo 1º de la citada Orden de 2 dse junio de 1989, me atribuye.
RESUELVO
1. Conceder al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción la cantidad de
1.000.000 ptas., en concepto de subvención para la finalidad expresada.
2. Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.
3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.
4. Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículo 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).
Cádiz, 6 de mayo de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.
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