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D. Ramón Zamora Guzmán, Director Gerente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía. Por medio del presente edicto hago saber: Que en este Instituto Andaluz de Servicios Sociales, se sigue expediente de resolución de contrato sobre el expediente de Contratación de Obras nº HU-1/0-86/l, de Construcción de una Guardería Infantil en Almonte (Huelva), dictándose Resolución con fecha 13 de marzo de 1991 por la que se acuerda resolver el contrato antes citado cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen como sigue: "Resolución del Ilmo. Sr. Director Gerente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía por la que se acuerda resolver el contrato que se cita.
Visto el expediente de resolución del contrato que se sigue al efecto en este Instituto Andaluz de Servicios Sociales sobre expediente de Contratación de Obras nº HU-1/0-86-l, de Construcción de una Guardería Infantil en Almonte (Huelva) con un presupuesto de adjudicación de
48.952.640 Pts. y un plazo de ejecución de seis (6) meses.
Resuelvo: Primero: Declarar resuelto el contrato de obras suscrito por el Ilmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, D. Julio Alba Riesco (por Delegación del Excmo. Sr. Consejero, Orden 26/11/86 y por D. Alberto Pérez de la Blanca, actuando como Gerente único de la Agrupación "Alberco-Edicán, Empresas Agrupadas" para la realización de las obras de construcción de una Guardería Infantil en Almonte (Huelva), expte.: nº HU-1/0-86/l, en base a las causas obtenidas en la presente Resolución.
Segundo: Se proceda a la incautación de la fianza cuyo importe es de dos millones ochenta y siete mil quinientas treinta y tres pesetas (2.087.533 Pts).
Tercero: Establecer el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de recepción de la presente resolución, para practicar las mediciones y toma de datos necesarios para la liquidación del contrato.
Cuarto: Se proceda a realizar una sola y definitiva recepción de las obras.
Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, haciéndoles saber que la misma pone fin a la vía administrativa, y contra ella podrá interponerse, previo Recurso de Reposición ante esta Dirección Gerencia en el plazo de un mes desde su notificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del Recurso de Reposición, si es expreso y si no lo fuere en el plazo de un año, a contar de la fecha de interposición del Recurso de Reposición".
En su virtud, este Instituto Andaluz de Servicios Sociales, y al ignorarse el domicilio de la empresa Alberco-Edicán UTE, interesada en este procedimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 80.3 de la Ley de procedimiento Administrativo, ha dispuesto la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para conocimiento de los interesados y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Resolución.
Sevilla, 24 de mayo de 1991.- El Director Gerente, Ramón Zamora Guzmán.
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