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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 28 de enero de 1991, por la Salal de lo Contencioso-Administrativo Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 3785/89, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: "Que debemos desestimar ysesestmamos el recurso interpuesto por la Procuradora Sra. Díaz Navarro, en nombre y representación de D. Pedro López Jurado, contra resolución del Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía, de 12 de junio de 1989, dictada en virtud de recurso de reposción interpuesto contra resolución de fecha 20.4.88 de la misma Consejería; por ser ajustado a Derecho. Sin costas. Y a su tiempo con cetificacón de esta sentencia para su cumplimento, deviuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia".
Sevilla, 5 de junio de 1991.-El Director General, Juan P. Gómez Jiménez.
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