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El Juzgado de Primera Instancia Núm. Cuatro de Granada.
Hace saber: Ante este Juzgado se siguen autos de procedimiento Banco Hipotecario de España núm. 651/1990, a instancia de Banco Hipotecario de España, contra D. Francisco Gómez Bonillo, esposa Dña. Carmen Vera Bonillo y D. Aparicio Villegas Navarro, acordándose sacar a Pública subasta los bienes que se describen la que tendrán lugar en la Sala de Audiencias de este Juzgado:
Primera subasta: el día trece de septiembre de novecientos noventa y uno y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación.
Segunda subasta: el día diez de octubre de novecientos noventa y uno y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación.
Tercera subasta: el día seis de noviembre de novecientos noventa y uno y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.
CONDICIONES
1ra. Para tomar parte en la subasta, deberá consignarse en la mesa del Juzgado o establecimiento al efecto, el veinte por cien del tipo de licitación para la primera y segunda de las subastas; y para la tercera, del tipo que sirvió para la segunda.
2ra. No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del tipo de licitación, las que podrán efectuarse en sobre cerrado depositados en Secretarías antes del remate y previa consignación correspondiente.
3ra. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.
4ra. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad; están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados; entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravaménes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin destinarse a su extinción el precio del remate.
5ra. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubran el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.
6ra. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.
BIENES A SUBASTAR
Urbana: Vivienda 2A. Vivienda dúplex tipo A, en un solar de 102,44 metros cuadrados, orientada al Oeste en la Suerte de la Virgen en El Ejido. Está distribuida en varias dependencias, además de un almacén y porche y planta baja, y terraza en la alta. La superficie construida del almacén es dieciocho metros ochenta y ocho decímetros cuadrados; y de la vivienda sin aquél ciento diez metros cuarenta decímetros cuadrados. La superficie útil del almacén es dieciséis metros ochenta decímetros cuadrados; y de la vivienda sin aquél ochenta y nueve metros noventa y ocho decímetros cuadrados. Finca registral 42.263. Valorada, en 8.400.000 pesetas.
Urbana: Vivienda 8A. Vivienda dúplex tipo A, en un solar 102,44 metros cuadrados, orientada al Este en la Suerte de la Virgen en El Ejido. Está distribuida en varios dependencias, además de un almacén y porche en la planta baja, y terraza en la alta. La superficie construida del Almacén es dieciocho metros ochenta y ocho decímetros cuadrados; y de la vivienda sin aquél ciento diez metros cuarenta decímetros cuadrados. Las superficie útil del almacén es dieciséis metros ochenta decímetros cuadrados; y de la vivienda sin aquél ochenta y nueve metros noventa y ocho decímetros cuadrados. Finca registral 43.275. Valorada, en 8.380.000 pesetas.
Dado en Granada a tres de junio de mil novecientos noventa y uno.- El Secretario.
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