Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 18/7/1991

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

ORDEN de 10 de julio de 1991, por la que se procede a corregir errores detectados así como a la inclusión de los baremos específicos y tribunales omitidos en la Orden de 18 de junio de 1991.

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Advertidos errores en la Orden de 18 de junio de 1991, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 51, de fecha 25 de junio de 1991, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones.

-Página 4.771 "Entidad" DIPUTACION PROVINCIAL "Puesto clase Subescala": Sía 1ra. Sía en la columna "Puntos", donde dice: "050 máx. 15".

Debe decir: "050 puntos máx. 15".

-Página 4.780 "Entidad": VELEZ-BLANCO: en la columna "Entidad" suprimir el párrafo que aparece entre paréntesis (pte. recurso).

-Página 4.783 "Entidad": ENCINAS REALES: en la columna "baremo" suprimir los párrafos 2º. y 3º que quedan sustituidos por los siguientes:

2- Por Licenciatura en Derecho, ... 2 puntos.

3- Por Tesina de Licenciatura relativa a control de Cuentas o Administración en general, ... 3 puntos.

-Página 4.793 "Entidad": BENATAE: en la columna "baremo" se sustituye el que figura para la plaza de Secretaría-Intervención por el siguiente: Por solicitar el Ayuntamiento de Benatae en primer lugar 75 puntos.

-Página 4.797, "Entidad": EL BURGO: en la columna "baremo" correspondiente al puesto de Secretaría-Intervención, se sustituye por el siguiente:

"Experiencia debidamente acreditada en la promoción y gestión de viviendas y otras competencias municipales relacionadas con éstas: ....

75 puntos".

-Página 4.800,"Entidad": VILLANUEVA DEL ROSARIO: en la columna, "baremo" donde dice:

"Por cada año de servicio",

debe decir:

"Por cada año de ejercicio".

Omitidos los baremos específicos y los tribunales correspondientes a los puestos de trabajo vacantes en las entidades locales que a continuación se relacionan, procede su inclusión en el Anexo que acompañaba la Orden de 18 de junio de 1991.

-Página 4.773, dentro del apartado correspondiente a las Secretarías de

1ra, Provincia de Málaga, incluir la siguiente "Entidad", "Baremo" y "Tribunal":

BENALMADENA Sía 1ra. Sía

BAREMO

-Desempeñar o haber desempeñado puesto de trabajo reservados a la Subescala de Secretaría, categoría superior, en municipios eminentemente turísticos-costeros, y a partir de los cinco años: entre cinco y diez años ..... 025 puntos; entre diez y quince años ..... 050 puntos; más de quince años .... 075 puntos.

-Por la realización efectiva de funciones en servicios en puestos de trabajo reservados a esta Subescala en materia de urbanismo, contratación, personal, Secretaría de Comisiones Informativas y entidades dependientes de las Corporaciones Locales: a partir de los cinco años se aplicará el mismo baremo que en el anterior por cada actividad.

-Por haber desempeñado docencia universitaria en materia de derecho administrativo en virtud de cualquier vínculo jurídico: entre uno y cinco años ... 050 puntos: más de diez años .... 075 puntos.

-Por desempeñar o haber desempeñado el puesto de trabajo reservado a la subescala en municipios eminentemente turístico-costeros cuyo promedio de población de hecho haya sido entre 25.000 y 35.000 habitantes: Bienio

1989-1990 .... 225 puntos; Bienio 1987-1988 .... 150 puntos; Bienio

1985-1986 .... 075 puntos. En este baremo solamente se computará por el de mayor puntuación.

OPCION. Art. 34.2: NO

TRIBUNAL

El Tribunal Técnico designado por el Sr. Alcalde-Presidente, y cuyos componentes han de ser Titulados Superiores, estará integrado por:

Presidente: El Alcalde o miembro corporativo en quien delegue.

Vocales: El Oficial Mayor Acctal. Un funcionario municipal. Un funcionario de la Sección de Contratación. Un miembro de la Corporación.

Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Suplentes: Se nombrarán entre funcionarios de la Corporación que reúnan los requisitos expresados.

-Página 4.773 "Entidad": MALAGA: en la columna "tribunal" correspondiente al puesto de Oficial Mayor, incluir la siguiente composición del Tribunal:

Presidente

Titular: El Alcalde-Presidente de la Corporación.

Suplente: El Teniente de Alcalde Delegado de Personal.

Vocales

Titular: El Secretario General del Ayuntamiento

Suplente: La Jefa del Servicio de la Asesoría Jurídica.

Titular: El Jefe de la Abogacía del Estado

Suplente: Un Abogado del Estado

Titular: El Secretario General del Gobierno

Suplente: El Vicesecretario General

Titular: Un funcionario de la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía

Suplente: Otro funcionario con la misma Delegación

SECRETARIO

Titular: El Jefe del Servicio de Personal

Suplente: El Jefe de la Sección de Gestión de Personal

-Página 4.808, dentro del apartado correspondiente a las Secretarías de

3ra. Provincia de Sevilla, incluir las siguientes "Entidades" "Baremos" y "Tribunales":

Almensilla-Palomares del Río. Sía 3ra. Sía-In.

Agrup.

BAREMO

1º.- Servicios en puestos de trabajo de Secretaría-Intervención de Agrupación de Municipios. Mínimo 6 meses: 025 por mes hasta un mínimo de 25 puntos.

2º.- Asistencia a Seminarios o Cursos relacionados con la Administración Local y organizados por el IEAL (INAP), que no constituyen mérito según el baremo general y cuya duración sea superior a las 40 horas lectivas:

050 puntos por cada Curso hasta un máximo de 1 punto.

3º.- Por cada Curso completo de la Licenciatura en Derecho, Económicas ó Ciencias Políticas, cuando estos cursos no hayan producido puntuación por Diplomatura o Licenciatura: 1 punto por cada uno hasta un máximo de 2 puntos.

4º.- Por solicitar la vacante de esta Agrupación en uno de los dos primeros lugares de preferencia: 2 puntos.

5º.- Entrevista personal con cada aspirante: máximo 1 punto.

OPCION. Art.34.2: NO

TRIBUNAL

Presidente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Almensilla.

Suplente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palomares de Río.

Vocales: Un concejal del Ayuntamiento de Almensilla.

Un concejal del Ayuntamiento de Palomares de Río.

Un funcionario Técnico de Personal nombrado por la Comunidad Autónoma. Un funcionario Técnico de Personal nombrado por la Diputación Provincial.

Secretario: D. Cristóbal Sanabria Somoza, suplente D. José Díaz González.

CASARICHE. Sía 3ra. Sía-In.

BAREMO

1º.- Por estar en posesión del Diploma de Recaudador de Tributos Locales, expedido por Escuela, Instituto y otro Organismo público, con destino a Secretarios de Administración Local de Tercera Categoría: 2 puntos.

2º.- Por haber participado en Cursos sobre aspectos

jurídico-administrativos de la normativa legal que regula el Régimen Local en alguno de sus ámbitos, con una duración mínima de 40 horas lectivas, e impartido por Escuela o Instituto Público: 1 punto.

3º.- Por haber participado en cursos de informática, con una duración mínima de 80 horas lectivas, cuyo objeto hayan sido programadas de aplicación en materias directamente relacionadas con las Entidades Locales: 15 puntos.

4º.- Por haber cursado y superado algún Curso sobre el Plan General Contable, con la obtención del correspondiente Diploma ó Certificado, y una duración mínima de 40 horas lectivas: 1 punto.

5º.- Por haber asistido a Cursos cuyo objeto de estudio hayan sido materias de Régimen Local y hayan sido valorados en el baremo general con la puntuación en él especificada: 1 punto por cada uno de ellos, hasta un máximo de 2.

Sevilla, 10 de julio de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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