Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 25/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 15 de julio de 1991, por la que se conceden ayudas a las Corporaciones Locales para la financiación del establecimiento o mejora de paradas-terminales o estacionamiento de vehículos de transportes públicos de viajeros o mercancías por carreteras.

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Ilmos. Sres.:

Por Orden de esta Consejería de 5 de abril de 1990, se dictaron las normas para la concesión de ayudas a las Corporaciones Locales para la financiación del establecimiento o mejora de Paradas-terminales o estacionamiento de vehículos de transportes públicos de viajeros o mercancías por carretera.

De acuerdo con estas normas, y dadas las circunstancias que concurrían en algunas de las solicitudes presentadas, que permitieron el inicio casi inmediato de las actuaciones, se concedió mediante la Orden de 27 de noviembre, ayudas a los Ayuntamientos de Adra (Almería), Olvera (Cádiz) y Rota (Cádiz).

Una vez completados los expedientes correspondientes al resto de las solicitudes presentadas, se procede mediante la presente orden, que complementa la citada de 27 de noviembre, a conceder las ayudas que se indican a continuación, de acuerdo con las normas que se dispusieron en la Orden de 5 de abril de 1990, de esta Consejería. Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas y a propuesta de la Dirección General de Transportes, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Se conceden las siguientes ayudas a los Ayuntamientos que se citan:

1. Ayuntamiento de los Barrios (Cádiz), por importe de dos millones ochocientas mil pesetas (2.800.000 ptas.), para la dotación de servicios al Apeadero-terminal de Autobuses.

2. Ayuntamiento de Villacarrillo (Jaén), por importe de nueve millones doscientas trece mil ciento veintisiete pesetas (9.213.127 ptas.), para las obras de terminación de la Parada-terminal de Autobuses.

3. Ayuntamiento de Sevilla, por importe de ochenta y cuatro mil trescientas cincuenta y dos pesetas (84.352.000 ptas.) para la realización de obras de mejora en la Estación Municipal de Autobuses.

Segundo. 1: Las subvenciones se harán efectivas mediante un primer libramiento, sin previa justificación, por importe de 10% de las ayudas.

2: Los libramientos sucesivos se harán efectivos de la siguiente forma: El 40% a la presentación del certificado del Director de la obra, visado por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que acredite la ejecución del

50% del presupuesto de la obra.

La cantidad que complete el importe total de la ayuda, a la presentación del certificado del Director de la obra, visado por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que acredite la ejecución del 100% del presupuesto de la obra.

Tercero: En todo caso, en el plazo de quince días a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el Ayuntamiento certificación de la Intervención de haber registrado en su contabilidad el ingreso de la subvención, con expresión del asiento contable, de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril en relación con el artículo

53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública. Lo que comunico a VVII para conocimiento y demás efectos.

Sevilla, 15 de julio de 1991

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Transportes y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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