Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 29/1/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 29 de noviembre de 1990, de la Delegación Provincial de Jaén por la que se concede una subvención de cuatro millones de pesetas, a FARA para la adquisición de viviendas en la zona de Actuación del Plan de Barriadas en Linares.

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Visto el escrito suscrito por D. José Maldonado, en su calidad de Presidente del FARA, solicitando una subvención de 4.000.000 de ptas., para el desarrollo del Programa de Barriadas de Actuación Preferente, consistente en la adquisición de viviendas en Linares. Considerando que, la referida actividad está incluida entre las descritas en el Decreto 202/89, de 3 de octubre, por el que se crea el Plan de Barriadas de Actuación Preferente, como así lo informa la Directora del mismo.

En uso de las facultades que me confieren lo dispuesto en la Orden de 4 de octubre de 1989, del Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, por el que se delega en los Delegados de Gobernación, la concesión de las subvenciones específicas.

RESUELVO

Primero. Conceder a FARA, la cantidad de cuatro millones de pesetas (4.000.000), en concepto de subvención para la adquisición de viviendas en la Zona de Actuación del Plan de Barriadas de Linares.

Segundo. El contrato de compraventa se elevará a escritura pública, contendrá necesariamente una claúsula por la que la Comunidad Autónoma de Andalucía adquiere gratuita y automáticamente, una vez cumplido el objetivo del Programa para el que se concede la subvención, la propiedad de las viviendas adquiridas.

En todo caso la Administración de la Comunidad Autónoma se reserva el derecho de declarar cumplida la finalidad del Programa, notificándole a FARA, con tres meses de antelación a la fecha en que deba producirse la transmisión al patrimonio de la Comunidad Autónoma.

Tercero. El beneficiario deberá remitir a esta Delegación, en el momento de la recepción de los fondos, certificación expedida por el Secretario de FARA, de haberlos registrado en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado, así mismo deberá presentar copia de las escrituras públicas de compraventa.

Jaén, 29 de noviembre de 1990.- El Delegado, Juan Torres Morales.

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