Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 16/8/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 31 de julio de 1991, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, por la que se aprueban los modelos del Plan Técnicos de Caza de memoria anual de actividades Cinegéticas, y el contenido mínimo de los proyectos de Ordenación Cinegética. (Res. R-20/1991).

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La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y los Reales Decretos 1095/1989, de 8 de septiembre, y 1118/1989, de 15 de septiembre, dictados en desarrollo de la misma, que contienen disposiciones de carácter normativo básico estatal, tienen por finalidad dar cumplimiento al mandato contenido en el artículo

45 de la Constitución que exige de los poderes públicos velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, entre los que se encuentra la fauna silvestre, estableciendo dicha Ley, en su artículo 33, que todo aprovechamiento cinegético en terrenos acotados al efecto deberá hacerse, por el titular del derecho, de forma ordenada y conforme al plan técnico justificativo de la cuantía y modalidades de las capturas a realizar, con el fin de proteger y fomentar la riqueza cinegética, debiendo ajustarse su contenido y aprobación a las normas y requisitos que, a tal efecto, establezcan las Comunidades Autónomas. Dando cumplimiento a lo anterior, la Consejería de Agricultura y Pesca, en su Orden de 25 de junio de 1991, (BOJA núm. 54), ha establecido, para todos los titulares de terrenos acotados, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, la obligación de presentar, en los plazos que se fijan y con los requisitos que se indican, un Plan Técnico de Caza que deberá ajustarse, en función de la categoría en la que esté incluido el coto, a los modelos y contenidos que se establezcan por resolución de este Instituto. Análogamente, con el fin de realizar un seguimiento adecuado del adecuado del desarrollo de dichos Planes Técnicos, dichos titulares deberán presentar durante el mes de abril de cada año una memoria sobre actividades cinegéticas de la campaña anterior. En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto,

HE RESUELTO:

1º. Aprobar los modelos de Plan Técnico para Cotos de Caza Mayor y Menor, que figuran en el Anexo I de la presente resolución. En función de la categoría de dichos cotos, sus titulares deberán presentar:

Categoría A: Modelo de Plan Técnico para Caza Menor. Categoría B: Modelo del Plan Técnico para Caza Mayor o Menor, según el caso, acompañado de una memoria justificativa y plano realizados y firmados por técnico competente.

Categorías C y D: Proyecto de Ordenación Cinegética redactado y firmado por técnico competente, en el que se incluirá como anexo al modelo de Plan Técnico para Caza Mayor o Menor, según corresponda.

2º. Aprobar los modelos de Memoria Anual de Actividades Cinegéticas para cotos de caza mayor y menor que figuran en el Anexo II de la presente resolución.

3º. Aprobar el contenido mínimo de los Proyectos de Ordenación Cinegética según el esquema que se indica en el Anexo III de la presente resolución.

4º. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de julio de 1991.- El Presidente, Joan Corominas Masip.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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