Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vistas las solicitudes presentadas en esta Delegación por los distintos Ayuntamientos de la Provincia en demanda de ayudas económicas, al amparo de lo establecido en el Decreto 111/1989, de 31 de mayo, por el que se da nueva regulación a los Patronatos Provinciales para la Mejora de los Equipamientos Locales (PAMEL).
Considerando que los motivos expuestos en dichas peticiones responden a las finalidades previstas en el citado Decreto 111/1989, de 31 de mayo. Resultando que los distintos Ayuntamientos aportan la documentación requerida en dicho Decreto.
Y en uso de las atribuciones que el Decreto 111/1989 de 31 de mayo confiere al Iltmo. Sr. Delegado de Gobernación en su calidad de Presidente del Patronato para la Mejora de los Equipamientos Locales.
RESUELVO:
1. Conceder a los Ayuntamientos que en el Anexo I se citan la cantidad total de 4.000.000 ptas., en concepto de subvención a préstamo, según se especifica en el mismo, para la finalidad expresada.
2. Notificar su otorgamiento a los citados Ayuntamientos.
3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.
4. Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificado del ingreso en su contabilidad, con expresión literal del asiento contable practicado.
Cádiz, 8 de julio de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.
ANEXO I
AYUDAS CONCEDIDAS A AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DENOMINACION OBRA SUBVENCION PRESTAMO TOTAL ==========================================================================
ALGAR ADQUISICION VEHICULO
SERVICIOS MUNICIPALES 600.000.- 400.000.- 1.000.000
ESPERA GUARDERIAS HIJOS
TEMPOREROS
SEGUNDA FASE 1.800.000.- 1.200.000.- 3.000.000
TOTALES: 2.400.000.- 1.600.000.- 4.000.000
Descargar PDF