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En el recurso nº 481/89 interpuesto por D. Juan Pablo Valverde Iglesias, se ha dictado sentencia con fecha 13.12.1990, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso- administrativo interpuesto en los presentes autos por D. Juan Pablo Valverde Iglesias".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 2 de septiembre de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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