Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 8/11/1991

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE OSUNA

ANUNCIO sobre provisión de plazas.

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BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION DE SEIS PLAZAS DE POLICIA LOCAL, PERTENECIENTES AL GRUPO DE ADMINISTRACION ESPECIAL POR EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante oposición libre, de seis plazas de Policía Local, pertenecientes al Grupo de Administración Especial, Subgrupo de Servicios Especiales, vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo D.

SEGUNDA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.- Para tomar parte en la oposición será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de treinta, entendiéndose por esto el no haber cumplido treinta y un años de edad, antes del día en que expire el plazo de presentación de instancias.

c) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado ó equivalente, ó hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha de terminación del plazo de admisión de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ó defecto físico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias de la Policía Local.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas ó a las Entidades Locales, ni hallarse imposibilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) Estar en posesión de los permisos de conducir, categorías A-2 y B-2 en el momento de terminar el plazo de admisión de instancias.

g) Se exige a todos los aspirantes una altura mínima de 1,70 metros para los varones y 1,65 metros para las mujeres.

TERCERA.- INSTANCIAS.- Las instancias solicitando tomar parte en la oposición en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, debidamente reintegradas, en un plazo de veinte días, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", debiendo acompañar a la misma, carta de pago acreditativa de haber ingresado 1.500 ptas., en concepto de derechos de examen y fotocopia compulsada del permiso de conducir exigido.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el Artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

CUARTA.- ADMISION DE ASPIRANTES.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el órgano correspondiente de la Corporación Municipal aprobará en el plazo máximo de un mes la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será hecha pública por edicto en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y en el "Boletín Oficial de la Provincia", por término de quince días con objeto de oír reclamaciones y subsanar defectos si se produjeren, que serán resueltos por la Comisión de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 71 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo. El acuerdo adoptado, comprensivo de la lista definitiva, será hecho público.

QUINTA.- EL TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal Calificador de la oposición estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación ó miembro de la misma en quien delegue. Vocales: Un representante del Profesorado Oficial, designado por el Instituto de Estudios de Administración Local. Un representante de la Junta de Andalucía, designado por ésta. Un funcionario de la Corporación, designado por la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento.

Un funcionario técnico designado por el mismo órgano. Secretario del Tribunal: El de la Corporación ó funcionario de la misma en quien delegue.

Se designarán suplentes que simultáneamente con los titulares respectivos formarán el Tribunal. La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el "Boletín Oficial de la Provincia", así como en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros, titulares ó suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en la oposición y que no se hallen previstas en las Bases.

SEXTA.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LA OPOSICION.- Para establecer el orden en que habrán de actuar los opositores en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se verificará un sorteo que será público

Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos dos meses desde la fecha en que se publique la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Quince días antes de comenzar el primer ejercicio se publicará en el Tablón de Anuncios el día y la hora del inicio.

SEPTIMA.- DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.- Las pruebas se dividirán en tres fases: Ejercicios Físicos, Test Psicotécnico y pruebas culturales y de aptitud.

a) Prueba física: Comprenderá las siguientes:

1º. Salto de altura de un mínimo de 1,20 metros los hombres y 1 metro las mujeres.

2º. Salto de longitud con los pies juntos, debiendo saltar un mínimo de 2 metros los hombres y 1,60 las mujeres.

3º. Carreras de 100 metros en un tiempo máximo de 16 segundos los varones y 21 segundos las mujeres.

4º. Carrera de 1.000 metros en un tiempo máximo de 4 minutos los varones y 4 minutos y 50 segundos las mujeres.

Para las tres primeras pruebas se concederán tres intentos y uno sólo para la cuarta.

Esta prueba física será calificada por el Tribunal como "apto" y "no apto". Antes del desarrollo del mismo se procederá, por el Tribunal, a la comprobación de la talla que poseen los aspirantes, quedando eliminados aquellos que no tengan las exigidas en las Bases.

b) Aptitud psicotécnica: Realización de una batería de test psicotécnico que podrá ser completada con una entrevista personal a criterio de los Técnicos que examinan.

c).- Pruebas culturales y de aptitud: De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Se dividirán en dos ejercicios:

1º. Consistirá en contestar por escrito dos temas, extraídos al azar, de entre los que figuren en el programa anexo a la convocatoria, en un tiempo máximo de sesenta minutos.

2º. Consistirá en la redacción de un plazo no superior a treinta minutos, de un supuesto, que al efecto formulará el Tribunal, de un atestado ó de una comparecencia ó de un parte de novedad ocurrido en el Servicio.

Estos dos últimos ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal será de "0" a "10". Las calificaciones se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

OCTAVA.- RELACION DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS.- Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública, en el lugar ó lugares de la celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevarán dicha relación al señor Alcalde Presidente del Ayuntamiento, quien deberá nombrar como funcionarios de carrera de la Corporación a las personas que han superado las pruebas y propuestas por el Tribunal. Cualquier propuesta que contravengan lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.

Las resoluciones del Tribunal tendrán carácter vinculante para la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los Artículos 109 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas ó tramites afectados por la irregularidad.

Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría General de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigieron en la Base Segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara la documentación ó no reuniera los requisitos exigidos para ocupar la plaza, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en las instancias solicitando tomar parte en la oposición.

NOVENA.- INCIDENCIAS.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas Bases, de las que será supletorio el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto 2223/1984, de 19 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y por cualquier otras disposiciones aplicables.

La convocatoria y las Bases de la oposición, así como la exclusiones de las listas de aspirantes, los nombramientos de los miembros del Tribunal y su recusación, podrán ser impugnados por los interesados, mediante interposición del recurso de reposición ante el Ayuntamiento, en el plazo de quince días a partir del siguiente al que se publicado el correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial de la Provincia".

ANEXO

Grupo I.

Tema 1. El Estado. Elementos del Estado. La división de poderes. Organización política del Estado Español.

Tema 2. Las Cortes Generales. Cámaras. La función legislativa. El Gobierno y la Administración. La Administración de Justicia.

Tema 3. La organización territorial española. Las Comunidades Autónomas.

Tema 4. La Administración Local. Concepto y evolución en España. Entidades que comprende.

Tema 5. El procedimiento administrativo. Particularidades en relación la Administración Local.

Tema 6. La función pública en general y los funcionarios de las entidades locales. Organización de la función pública local. Los grupos de funcionarios de Administración Especial y General de las Entidades Locales. La responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario.

Tema 7. Los recursos: Los recursos administrativos. Clases. El recurso de reposición. El recurso de alzada. El recurso económico-administrativo. El recurso contencioso-administrativo.

Grupo II: Materias específicas.

Tema 1. Las multas municipales: Concepto y clases.

Tema 2. Derecho Penal: Delitos, faltas y sus penas. Causas modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 3. El orden público y su relación con la Policía Municipal. Relaciones de la Policía Municipal con el público.

Tema 4. Infracciones relacionadas con el uso y circulación de vehículos de motor. Delitos contra la seguridad del tráfico. Imprudencia. Utilización ilegítima de vehículos de motor ajeno.

Tema 5. Límites y especialidades personales de la detención privada del régimen de inmunidades. Custodia y trato del detenido. Instrucción de derechos. Comunicación e incomunicación del detenido.

Tema 6. Entrega del detenido. Límites temporales de la situación de detenido. La libertad del detenido y su puesta a disposición judicial. La entrega del detenido a persona persona distinta de la Autoridad Judicial.

Tema 7. Ley Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Tema 8. Ley 1/1989 de coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Tema 9. Estacionamiento. Calzos. Accidentes. Distancia entre vehículos. Alumbrado y señalización óptica de los vehículos. Señales de tráfico, semáforos.

Tema 10. Circulación en vías urbanas: Velocidad, sentido de la circulación. Cambio de sentido en marcha. Parada, puesta en marcha y marcha atrás. Cruce de vías. Paso por puentes. Pasos a nivel. Obstáculos a la circulación. Preferencia de paso. Detenciones.

Tema 11. Alcoholemia. Pruebas alcohométricas. El alcoholismo y la embriaguez. Influencia del alcohol.

Tema 12. Silenciadores y humos. Equipo motor. Organos diversos. Revisiones técnicas periódicas. Documentaciones y Autoescuelas.

Tema 13. Medidas. Limitaciones. Transportes de materia que requieren precauciones especiales. Operaciones de carga y descarga.

Tema 14. Protección Civil: Concepto, casos y aplicaciones por la Policía Municipal.

Tema 15. La circulación urbana: Normas generales de circulación. Señalización. Permisos y licencias de conducir. Condiciones de los vehículos para poder circular.

Tema 16. Canalización del tránsito rodado. El papel del Policía en cuestiones de tránsito. Cooperación con la Corporación para la fluidez y seguridad del tránsito en las vías urbanas.

Tema 17. Accidentes: Prevención de los accidentes. Actuaciones en materia de accidentes. Diligencias.

Tema 18. Infracciones fundamentales al Código de la Circulación: Tipificación de las infracciones. Procedimiento sancionador.

Tema 19. Los transportes: Transportes de viajeros. Transportes de mercancías. Mercancías peligrosas.

Tema 20. Régimen disciplinario de las Policías Locales.

Tema 21. Ordenanza municipal reguladora de la Zona Azul.

Tema 22. Ordenanza municipal reguladora de Venta Ambulante.

Tema 23. Ordenanza municipal reguladora de la ocupación de la vía pública con mesas y sillas con finalidad lucrativa.

Tema 24. Conocimientos generales de la ciudad: Núcleos rurales. Núcleos urbanos. Características sociales y culturas. Características y situación de las urbanizaciones.

Tema 25. Conocimientos puntuales de la ciudad: servicios, comunicaciones, monumentos, edificios y zonas de interés.

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