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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 29 de enero de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
2031/91, promovido por la Inmobiliaria Rabé, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Que debemos desestimar y desestimamos el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el Procurador Sr. López de Lemus en nombre y representación de Inmobiliaria Rabé, S.A., contra resolución del acuerdo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Socvial de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía de cuatro de marzo de mil novecientos noventa y uno el que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 25 de septiembre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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