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Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Conil de la Frontera, sobre subvención para la «Adquisición de máquinas fotocopiadoras¯, al amparo de lo establecido en el Decreto
117/89, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para gastos de inversión recogidas en el artículo
1º B) del citado Decreto.
Resultando que, estudiada la petición y fundamentada en que es un servicio cuya finalidad está relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación en materia de Administración Local, transferidas por la Administración del Estado por el Real Decreto 3315/1983, de 20 de julio, conforme a lo establecido en el artículo 1º B), párrafo 5º del Decreto
117/89, de 31 de mayo.
Resultando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989, Considerando que en virtud de lo establecido en la Orden de
11 de marzo de 1992, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89 y, teniendo en cuenta el artículo 18.5 de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención.
Y en uso de las facultades que el Artículo único de la citada Orden de 11 de marzo de 1992, me atribuye,
RESUELVO
1). Conceder al Ayuntamiento de Conil de la Frontera la cantidad de 1.000.000 de pts., en concepto de subvención para la finalidad expresada.
2). Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.
3). Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.
4). Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).
Cádiz, 28 de septiembre de 1992.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.
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